Contingut no disponible en català
Visto el texto del acta en la que se contiene el acuerdo de modificación del artículo 3 del Convenio colectivo de la empresa Zucchetti Software Spain, SLU (código de convenio n.º 90104071012022), para sus centros de trabajo en Derio (Vizcaya), Donostia (Guipúzcoa), Logroño (La Rioja) y Ermua (Vizcaya), publicado en el BOE de 17 de mayo de 2022, que fue suscrito con fecha 1 de julio de 2022, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y de otra por los Comités de Empresa y los Delegados de Personal en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción de la citada acta en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 31 de agosto de 2022.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.
En Derio, a las 9:30 horas del día 1 de julio de 2022 se reúnen las partes señaladas más adelante en su calidad de integrantes de la representación empresarial y sindical que conforman el 100 % de la representación en la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de la Empresa Zucchetti Software Spain, SLU, para sus centros de trabajo en Derio, Donostia, Logroño y Ermua y manifiestan:
De cara a modificar el ámbito territorial del Convenio colectivo, se incorpora a esta reunión el Delegado de Personal del centro de trabajo de Madrid, don Antonio Gil, a efectos de incluir dicho centro en el ámbito territorial de Convenio colectivo.
Y en el transcurso de esta reunión acuerdan:
1.º Modificar el artículo 3 del Convenio colectivo de Zucchetti Software Spain, SLU, para incluir en el ámbito territorial al centro de trabajo de la provincia de Madrid, quedando el nuevo artículo 3 como sigue:
«Artículo 3. Ámbito territorial y temporal.
El presente Convenio colectivo será de aplicación en los centros de Zucchetti Software Spain, SLU, que se relacionan a continuación:
– Derio.
– Donostia.
– Logroño.
– Ermua.
– Madrid.
Y se extenderá desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2025.
Quedará automáticamente denunciado tres meses antes de la finalización de su vigencia, pudiendo iniciarse desde esa fecha las negociaciones del nuevo Convenio colectivo de empresa.
Si, denunciado el Convenio, las negociaciones se prorrogasen por un período que excediese la vigencia del mismo, se entenderá prorrogado el contenido de este de forma indefinida.»
2.º Solicitar a la autoridad laboral el depósito y registro de los referidos acuerdos y su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Y sin más asuntos que tratar se levanta la sesión en la ciudad y fecha indicados.–Por la representación empresarial: Justino Martínez, Isabel Busto, Martín Elgorriaga.–Por la representación sindical: Centro de trabajo de Derio, Jon Lebrero, Arantxa Polo, Asier Barato, Gonzalo Rodriguez, Agurtzane Elgezabal; centro de trabajo de Donostia, Pablo Alvarez, Idoia Calonge, Iker López, Antxon Tellería, Amaia González; centro de trabajo de Ermua, Fernando Rodriguez; centro de trabajo de Logroño, Gerardo Santamaría; centro de trabajo de Madrid, Antonio Gil.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid