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Visto el texto de los acuerdos de prórroga y revisión salarial del Convenio colectivo de la empresa NTV Logística, SA (Código de convenio n.º: 90102282012016), publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 2 de febrero de 2016, acuerdos que fueron suscritos, con fecha 25 de enero de 2022, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por los Delegados de personal, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción de los citados acuerdos de prórroga y revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el »Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 11 de febrero de 2022.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.
Reunidos en la sede de la Empresa doña Lourdes Morales García, delegada/representante legal de los trabajadores/as del centro de trabajo de Navarra, don Juan Carlos Sola Martínez, delegado/representante legal de los trabajadores/as del centro de trabajo de La Rioja de la empresa NTV Logística, SA y doña Aura Virginia Sánchez Torres, Representante de dicha empresa, actuando todos ellos como Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Estatal de NTV Logística, SA, han acordado:
Prorrogar por 5 años más, desde 1 de enero de 2021 hasta 31 de diciembre de 2025, la vigencia del Convenio Colectivo Estatal de NTV Logística, SA (Código 90102282012016).
Consolidar desde 29 de octubre de 2021 el Plus de Incentivo por importe de 2.400,00 euros/brutos/año (200,00 euros/brutos/mes por 12 meses/año) que actualmente vienen percibiendo los/as trabajadores/as con categorías de Mozo y Auxiliar, no abonándose en situaciones de IT producida por cualquier causa.
Que según lo establecido en el artículo 32 del Convenio:
«El salario base de todas las categorías se incrementará en el mismo porcentaje que se incremente el Salario Mínimo Interprofesional (con un máximo del 3 %) y como mínimo en un 1 % en cada uno de los periodos de renovación establecidos para la revisión del SMI.»
Y después de valorar la incidencia que el incremento del nuevo SMI vigente desde septiembre de 2021 pudiera tener en los salarios de esta mercantil, los abajo firmantes han establecido los importes salariales desde Septiembre de 2021 para la empresa NTV Logística, SA, desglosándose en las siguientes cantidades:
Año | Grupo Profesional | Salario base | PPP.Extras | Salario mensual | Salario anual |
---|---|---|---|---|---|
2021 | 0 | 965,00 | 160,83 | 1.125,83 | 13.510,00 |
1 | 965,00 | 160,83 | 1.125,83 | 13.510,00 | |
2 | 965,00 | 160,83 | 1.125,83 | 13.510,00 | |
3 | 965,00 | 160,83 | 1.125,83 | 13.510,00 | |
4 | 1.145,80 | 190,97 | 1.336,77 | 16.041,24 | |
5 | 1.268,30 | 211,38 | 1.479,68 | 17.756,16 |
No obstante, y a pesar de que el nuevo SMI está en vigor desde septiembre de 2021, las partes han decidido que ese importe tenga efectos desde enero de 2021 para los trabajadores que se encuentren en activo en el día 29 de octubre de 2021 abonándose los correspondientes atrasos generados.
Y en prueba de conformidad, firman seguidamente todos los miembros de la Comisión Negociadora del Convenio, en Imárcoain a 25 de enero de 2022.
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