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Documento BOE-A-2021-9769

Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial para 2021 del Convenio colectivo de Médicos del Mundo.

Publicado en:
«BOE» núm. 139, de 11 de junio de 2021, páginas 71797 a 71799 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2021-9769
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2021/05/31/(8)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial para 2021 del Convenio colectivo de Médicos del Mundo (código de convenio n.º 90103272012019), revisión salarial suscrita con fecha 23 de febrero de 2021 por la Comisión Paritaria de dicho convenio, en la que están integrados los designados por la dirección de la empresa, en representación de la misma, y por las organizaciones sindicales CC.OO., FesP-UGT, CGT y STEI Intersindical en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 31 de mayo de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

COMISIÓN PARITARIA DE INTERPRETACIÓN Y VIGILANCIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE MÉDICOS DEL MUNDO (CPIVC)

A través de conexión telemática vía TEAMS, a 23 de febrero de 2021, reunida la CPIVC de Médicos del Mundo (en adelante MdM), y siendo las 13:30 horas, los abajo firmantes, acuerdan:

Primero. Aprobación de las tablas salariales 2021.

La CPIVC acuerda las tablas salariales que estarán vigentes durante el año 2021 en el Convenio Colectivo de MdM, las cuales recogen el incremento de 1%, al ser inferior a este el incremento del IPC oficial del gobierno a fecha 31 de diciembre de 2020.

Tablas salariales 2021

Grupo profesional

Salario base anual

Euros

0 27.959,268
1 25.351,709
2 23.178,733
3 20.745,009
4 18.543,062

Tabla de antigüedad 2021

Grupo profesional

Importe anual por cuatrienio

Euros

0 648,814
1 637,205
2 615,345
3 538,409
4 459,147

Tabla de complementos

Plus peligrosidad (Importe anual). 616,936
Plus de conducción y mant. vehículos (Importe anual). 525,800

Tablas salariales vigentes en MdM desde 01/01/2021

Estas dos tablas se aplicarán según lo establecido en la disposición transitoria 1.ª, a tal efecto.

En ambas tablas, las cantidades reflejadas corresponden a salarios brutos anuales.

Nivel Puesto de trabajo  
A A  Director Gerente. 63.537,272
B B1 Director Departamento. 52.650,893
C C1 Jefe Área-Desk. 45.897,859
C2 Jefe Área. 41.237,651
C3 Jefe Unidad. 37.433,934
D D1 Técnico de Área. 33.646,382
D2 Técnico Unidad. 31.268,240
D3 Técnico/a Intervención. 28.396,179
D4 Técnico de Apoyo. 25.512,146
E E1 Administrativo. 22.959,371
E1 Aux. Adm. y recepcionista 19.965,389
Nivel Tiempo en terreno Grupo 1 Grupo 2 Grupo 3 Grupo 4 Grupo 5
Logista - Personal sanitario Logista  - Administrador de Proyectos Administrador de País y Coordinador de proyecto Coordinador médico Coordinador de País
1 0 - 3 Meses. 24.016,727 24.701,628 26.707,620 27.392,282 30.068,286
2 4 - 12 Meses. 24.701,628 25.387,688 27.392,282 28.073,475 30.752,706
3 13 - 24 Meses. 25.387,688 26.074,907 28.073,475 28.759,294 31.434,817
4 25 - 36 Meses. 26.074,907 26.762,125 28.759,294 29.445,113 32.119,236
5 37 - 48 Meses. 26.762,125 27.448,185 29.445,113 30.129,776 32.802,502
6 49 - 60 Meses. 27.448,185 28.130,768 30.129,776 30.815,595 33.485,767
7 5 Años o + 28.130,768 28.817,987 30.815,595 31.499,101 34.852,297

Relación de asistentes:

Por parte de la Dirección de MdM:

– Doña Elena Urdaneta Artola.

– Don Óscar Pita Castro.

Por parte de la Representación Sindical:

Por CC.OO:

– Don Emanuele Lini.

Por FesP-UGT:

– Don Daniel Rodríguez Méndez.

Por CGT:

– Doña Cintia Martín-Blas Méndez.

Por STEI Intersindical:

– Doña Carla Vilarasau Cuffia.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 31/05/2021
  • Fecha de publicación: 11/06/2021
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 24 de enero de 2019 (Ref. BOE-A-2019-1758).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Médicos
  • Organizaciones No Gubernamentales

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