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Visto el acuerdo suscrito con fecha 31 de enero de 2018 por la Comisión paritaria mixta de la empresa NTV Logística, S.A. (Código de convenio: 90102282012016), sobre los incrementos salariales correspondientes al año 2018, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 24 de enero de 2019.–El Director General de Trabajo, Ángel Allué Buiza.
Reunidos en la sede de la Empresa y de acuerdo con el artículo 32 del Convenio Colectivo de Empresa de la sociedad NTV Logística, S.A. (90102282012016).
«El salario base de todas las categorías se incrementará en el mismo porcentaje que se incremente el Salario Mínimo Interprofesional (con un máximo del 3%) y como mínimo en un 1% en cada uno de los periodos de renovación establecidos para la revisión del SMI.»
Los abajo firmantes han establecido los incrementos salariales correspondientes al año 2018 para la empresa NTV Logística, S.A.
Año |
Grupo Profesional |
Salario base |
PPP. Extras |
Salario mensual |
Salario anual |
---|---|---|---|---|---|
2018 |
0 |
735,90 |
122,65 |
858,55 |
10.302,60 |
|
1 |
758,96 |
126,49 |
885.45 |
10.625,38 |
|
2 |
818,08 |
136,35 |
954,42 |
11.453,09 |
|
3 |
869,57 |
144,93 |
1.014,50 |
12.173,94 |
|
4 |
1.095,13 |
182.52 |
1.277,65 |
15.331,78 |
|
5 |
1.212,21 |
202,03 |
1.414,24 |
16.970,90 |
Y en prueba de conformidad, firman seguidamente todos los miembros de la Comisión Paritaria Mixta, en Imárcoain, a 31 de enero de 2018.–Lourdes Morales García, Juan Carlos Sola Martínez y Alejandro Uriarte Echeverria.
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