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Documento BOE-A-2017-3321

Resolución de 13 de marzo de 2017, de la Dirección General de Empleo, por la que se registran y publican las tablas salariales para el año 2017 del Convenio colectivo de Ilunión Outsourcing, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 27 de marzo de 2017, páginas 22977 a 22978 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2017-3321
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2017/03/13/(10)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de las tablas salariales para el año 2017 del Convenio colectivo de la empresa Ilunión Outsourcing, S.A. (antes V-2 Complementos Auxiliares, S.A.) (código de convenio n.º 90012072011999), que fue suscrito, con fecha 9 de enero de 2017, por la Comisión Paritaria del Convenio de la que forman parte los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma y el Comité Intercentros en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 13 de marzo de 2017.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda

ACTA

A fecha 9 de enero 2017, reunidos en los locales de la empresa, sita en la calle Albacete, n.º 3, de Madrid, las personas que más abajo se detallan, en calidad de Comisión Paritaria del VII Convenio Colectivo de V-2 Complementos Auxiliares, S.A., actualmente Ilunión Outsourcing, S.A., prevista en el artículo 8 del mismo, ambas partes por unanimidad alcanzan el siguiente

ACUERDO

Primero.

Según lo pactado en el Acuerdo de prórroga del VII Convenio Colectivo de V-2 Complementos Auxiliares, S.A., firmado el 17 de diciembre de 2015 y publicado el 6 de abril de 2016, en el «Boletín Oficial del Estado», se procede a realizar la actualización de los conceptos económicos de la tabla salarial 2017, con la debida adecuación del salario base del grupo I, II y III al SMI fijado para el próximo año, según el artículo 55 del convenio.

ANEXO I
TABLA SALARIAL 2017

Categoría

Salario base

-

Euros

Pluses

Horas

Antigüedad

-

Euros

Transporte

-

Euros

Productividad

-

Euros

Vestuario

-

Euros

Total

-

Euros

Anual

-

Euros

Nocturnas

-

Euros

Extras

-

Euros

Festivas

-

Euros

Grupo profesional I

707,70

707,70

9.907,80

0,79

5,50

0,30

29,02

Grupo profesional II

707,70

41,70

42,88

792,28

11.091,92

0,79

6,53

0,30

32,25

Grupo profesional III

707,70

93,12

80,94

881,76

12.344,64

0,79

6,57

0,30

32,57

Grupo profesional IV

721,09

93,12

82,79

897,00

12.558,00

0,79

6,70

0,30

32,47

Grupo profesional V

1.031,41

77,55

86,18

1.195,14

16.731,96

0,79

9,31

0,30

42,12

Grupo profesional VI

1.418,34

77,56

117,69

1.613,59

22.590,26

69,60

Grupo profesional VII

1.566,05

77,56

157,60

1.801,21

25.216,94

78,80

Segundo.

Las condiciones de jornada y todos los aspectos regulados para el 2016 en el VII Convenio Colectivo de V-2 Complementos Auxiliares, S. A., se aplicarán en 2017.

Tercero.

Siendo de conformidad de ambas partes, acuerdan remitir la citada revisión a la Dirección General de Trabajo para su registro y publicación en el «Boletín Oficial del Estado», autorizando a doña Marina Prieto Torres, para realizar los trámites para su registro.

Asistentes:

Por la Dirección de la empresa:

D. Pedro Buesa García.

D. José Velasco Rodríguez.

Por la parte social:

D. Juan Pedro Monje García.

D. José Miguel Díaz Rodríguez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 13/03/2017
  • Fecha de publicación: 27/03/2017
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 31 de marzo de 2014 (Ref. BOE-A-2014-3910).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Empresas de servicios
  • Empresas de trabajo temporal

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