Está Vd. en

Documento BOE-A-2017-1866

Resolución de 10 de febrero de 2017, de la Dirección General de Empleo, por la que se registran y publican las tablas salariales para el año 2017 del Convenio colectivo estatal regulador de las relaciones laborales entre los productores de obras audiovisuales y actores que prestan servicios en las mismas.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 23 de febrero de 2017, páginas 12764 a 12766 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2017-1866
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2017/02/10/(2)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de las tablas salariales para el año 2017 del Convenio colectivo estatal regulador de las relaciones laborales entre los productores de obras audiovisuales y actores que prestan servicios en las mismas (código de convenio n.º 99009735011996), que fue suscrito, con fecha 27 de enero de 2017, de una parte, por la Federación de Asociaciones de Productores Audiovisuales Españoles (FAPAE), en representación de las empresas del sector, y de otra, por la Federación de Servicios de la Unión General de Trabajadores (FES-UGT), la Federación de Servicios a la Ciudadanía - Comisiones Obreras (FSC-CC.OO.), la Confederación Nacional de Artistas-Trabajadores del Espectáculo (CONARTE) y la Unión de Actores y Actrices, en representación de los trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 10 de febrero de 2017.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA CONVENIO COLECTIVO REGULADOR DE LAS RELACIONES LABORALES ENTRE PRODUCTORES DE OBRAS AUDIOVISUALES Y LOS ACTORES QUE PRESTAN SUS SERVICIOS EN LAS MISMAS

En Madrid, siendo las 14 horas del día 27 de enero de 2017, se reúnen en las oficinas de FAPAE, sitas en la Ciudad de la Imagen, calle Luis Buñuel, n.º 2, Pozuelo de Alarcón, 28223 Madrid.

Por Federación de Asociaciones de Productores Audiovisuales Españoles (FAPAE):

– Mabel Klimt.

– Olga Cornejo (asesor).

Por Confederación Nacional de Artistas-Trabajadores del Espectáculo (CONARTE):

– Alex Casanovas.

– Sara Mora (asesora).

Por la Federación de Servicios a la Ciudadanía – Comisiones Obreras (CC.OO.):

– Javier Agudo García.

Por la Federación de Servicios de la Unión General de Trabajadores (UGT):

– Carlos Blázquez Pérez.

– Juan José Martínez Tendero.

Por la Unión de Actores y Actrices:

– Iñaki Guevara.

La reunión es presidida por don Iñaki Guevara, quien declara válidamente constituida la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo regulador de las relaciones laborales entre productores de obras audiovisuales y los actores que prestan sus servicios en las mismas.

En estos términos, las partes aprueban las tablas salariales para el año 2017 que figuran como anexo al presente documento, que entrarán en vigor a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Así, se acuerda un incremento del 1,8 %, incluyendo tanto el incremento del IPC como la adaptación en el cálculo de la indemnización que se prorratea en los contratos, hasta los 12 días, según la normativa vigente.

En cuantos a las obras de bajo presupuesto, se acuerda que estas tablas sean solo de aplicación para producciones de cine, no obstante lo cual podrán seguir aplicándose a aquellas series de televisión y tv movies, que ya estuvieran en ejecución a la firma del presente documento o ya estuvieran cerradas, para ser producidas en este ejercicio 2017.

Facultando a don Juan José Martínez Tendero en nombre de UGT para que se encargue de los consiguientes trámites de registro y publicación de las mencionadas tablas.

No habiendo más asuntos que tratar, se procede a levantar la sesión, procediéndose a la redacción de la presente Acta que es firmada por todos los presentes, siendo las 15,30 horas.

ANEXO
Tablas salariales del Convenio Audiovisual Estatal

(Año 2017)

Cine

Categoría

Por sesión

Euros

Por semana

Euros

Por mes

Euros

Protagonista

744,50

3.364,50

8.965,74

Secundario

542,17

2.411,22

6.728,97

Reparto

406,62

1.682,23

4.766,33

Pequeñas Partes

162,65

672,90

1.906,53

Televisión

Categoría

Por sesión

Euros

Por semana

Euros

Por mes

Euros

Protagonista

681,73

3.039,90

8.106,16

Secundario

486,96

2.165,51

6.043,27

Reparto

389,55

1.611,57

4.566,14

Pequeñas Partes

155,79

644,62

1.826,45

Obras cinematográficas de bajo presupuesto

Producciones con coste hasta 750.000 euros.

Estas tablas serán solo de aplicación para producciones de cine, no obstante lo cual podrán seguir aplicándose a aquellas series de televisión y tv movies, que ya estuvieran en ejecución a la firma del presente documento o ya estuvieran cerradas, para ser producidas en este ejercicio 2017.

Categoría

Por sesión

Euros

Por semana

Euros

Por mes

Euros

Protagonista

552,23

2.495,57

6.654,87

Secundario

451,83

2.009,34

5.607,46

Reparto

351,42

1.452,15

4.119,09

Pequeñas Partes

140,57

580,85

1.647,63

Dietas por comida principal: 40,16 euros.

Complemento por pernocta: 20,07 euros.

Kilometraje: Mínimo exento IRPF (actualmente 0,19 euros km).

En concepto de cesión de derechos de fijación, reproducción y distribución se cobrará el 5 % del salario.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 10/02/2017
  • Fecha de publicación: 23/02/2017
  • Fecha de entrada en vigor: 23/02/2017
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 3 de mayo de 2016 (Ref. BOE-A-2016-4703).
Materias
  • Artistas
  • Convenios colectivos
  • Industria audiovisual

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid