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Documento BOE-A-2016-7546

Resolución de 20 de julio de 2016, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acuerdo de prórroga de ultraactividad del XX Convenio colectivo para las sociedades cooperativas de crédito.

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 4 de agosto de 2016, páginas 55639 a 55640 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2016-7546
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2016/07/20/(2)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acuerdo, de 29 de junio de 2016, de prórroga de ultraactividad hasta el 30 de septiembre de 2016 del XX Convenio colectivo para las Sociedades Cooperativas de Crédito (código de convenio número 99004835011981), publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 2 de agosto de 2012, acuerdo que ha sido suscrito, de una parte, por las organizaciones empresariales UNACC y ASEMECC, en representación de las empresas del sector, y, de otra, por las organizaciones sindicales CC.OO. y UGT, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre –«BOE del 24»–, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo de prórroga de ultraactividad en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 20 de julio de 2016.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL XXI CONVENIO COLECTIVO PARA LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS DE CRÉDITO

En Madrid a 29 de junio de 2016, a las doce horas, en la sede de la Unión Nacional de Cooperativas de Crédito, sita en calle Alcalá, 55, 3.º derecha, Madrid, se reúnen la Unión Nacional de Cooperativas de Crédito y ASEMECC con los sindicatos representativos en el contexto de la comisión negociadora del XXI Convenio Colectivo para las sociedades cooperativas de crédito con la asistencia de las personas que a continuación se relacionan debidamente convocadas, para tratar los asuntos a los que se refiere el Orden del Día de la convocatoria.

Representación empresarial:

UNACC:

Don Fernando Campos Jiménez.

Don Jorge José Jiménez Ruiz.

Doña Aurora María Pérez.

Doña Cristina Freijanes Presmanes.

Doña María Molina Martín.

ASEMECC:

Don Eduardo Valverde de Prats.

Doña Carmen Motellón García.

Representación laboral:

CC.OO.

Don Gumersindo Miranda Rodríguez.

Don Jesús A. Gracia García.

Don Rodrigo Muñoz Rodríguez.

Don Miguel Ángel Romero.

Don Luis Alberto Fernández Navarro.

Don Juan José Giner Martínez.

U.G.T.:

Don Emilio Romeo Muñoz.

Don Daniel Pons Gené.

Doña M.ª Asunción Zeballos Nicora.

Único.

Tras el repaso y debate de las diferentes posiciones sobre las materias de convenio, las partes acuerdan firmar una prórroga de la ultraactividad del Convenio Colectivo hasta el 30 de septiembre de 2016.

Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión a las 15 horas, en Madrid, a 29 de junio de 2016. Firman el acta de esta reunión dos representantes de cada una de las partes representadas.

UNACC: ASEMECC:

CC.OO.: UGT:

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 20/07/2016
  • Fecha de publicación: 04/08/2016
Referencias anteriores
  • PRORROGA el Convenio publicado por Resolución de 17 de julio de 2012 (Ref. BOE-A-2012-10414).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el artículo 90.2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Cooperativas de crédito

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