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Documento BOE-A-2011-8383

Resolución de 28 de abril de 2011, de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal del organismo.

Publicado en:
«BOE» núm. 114, de 13 de mayo de 2011, páginas 48962 a 48968 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2011-8383
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2011/04/28/(1)

TEXTO ORIGINAL

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal establece que la creación, modificación y supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.

Al amparo de lo establecido en la citada Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, se procedió por Orden INT/3764/2004, de 11 de noviembre, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 277, de 17 de noviembre, a la adecuación de los ficheros informáticos del Ministerio del Interior que contienen datos de carácter personal, entre los que se describen y regulan los que son responsabilidad del Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.

El Reglamento de desarrollo de la citada Ley Orgánica, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, regula, en su artículo 53, la forma de la disposición o acuerdo de creación, modificación o supresión de los ficheros de titularidad pública, estableciendo que cuando la disposición se refiera las entidades u organismos vinculados o dependientes de la Administración General del Estado, deberá revestir la forma de resolución del titular de la entidad u organismo correspondiente.

Atendiendo a lo previsto en dicho artículo, la presente Resolución viene a regular los ficheros del ámbito del citado Organismo Autónomo, habiendo sido informada por la Agencia Española de Protección de Datos en cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo h) del artículo 37, de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

Por consiguiente, a fin de dar cumplimiento al mandato legal del artículo 20 de la citada Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, así como a los artículos 52 y 54 de su Reglamento de desarrollo, por cuanto establecen sobre la creación y modificación de ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal, dispongo:

Artículo 1. Creación del fichero «PRL» y régimen jurídico.

Se crea el fichero de datos «PRL», con el contenido que se describe en el Anexo I de la presente Resolución.

Dicho fichero estará sometido al ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, así como a su Reglamento de desarrollo.

Artículo 2. Regulación de ficheros y régimen jurídico.

Se modifican los ficheros contenidos en la Orden INT/3764/2004, de 11 de noviembre, por la que se adecuan los ficheros informáticos del Ministerio del Interior que contienen datos de carácter personal a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y se crean nuevos ficheros cuya gestión corresponde a dicho Ministerio, indicados y con el contenido que se describe en el anexo II de la presente Resolución.

Tales ficheros estarán sometidos al ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, así como a su Reglamento de desarrollo.

Disposición adicional primera. Responsabilidad de los ficheros.

Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, como Órgano responsable de sus ficheros, adoptará las medidas necesarias para garantizar que los datos de carácter personal existentes en los mismos se usen para las finalidades y funciones de derecho público que tiene encomendadas, en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

Disposición adicional segunda. Inscripción en el Registro General de Protección de Datos.

Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, como órgano responsable de sus ficheros, dará traslado de la presente Resolución a la Agencia Española de Protección de Datos, en el plazo de treinta días desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado, para que se proceda a la inscripción de sus ficheros en el Registro General de Protección de Datos, conforme a lo dispuesto en el párrafo a) del apartado segundo del artículo 39 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, así como en los artículos 55 y 58 de su Reglamento de desarrollo.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 28 de abril de 2011.–La Presidenta de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, Mercedes Gallizo Llamas.

ANEXO I

1. Fichero PRL

a) La identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) La identificación del fichero: PRL.

a.2) Finalidad: Prevención de riesgos laborales.

a.3) Usos previstos: Prevención de riesgos laborales en centros penitenciarios.

b) El origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

b.1) Colectivo: Internos trabajadores de centros penitenciarios.

b.2) Procedimiento de recogida: Entrevistas, informes de personal técnico.

b.3) Procedencia: El propio interesado y su expediente penal o penitenciario.

b.4) Soporte utilizado para la obtención: Soporte papel y soporte informático.

c) La estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos, y en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Estructura:

Datos de carácter identificativo: D.N.I./N.I.F., Nº SS, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono, NIS.

Datos de características personales: Estado civil, fecha y lugar de nacimiento, edad, sexo, nacionalidad.

Datos académicos y titulaciones: Formación, titulaciones, historial y experiencia profesional.

c.2) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.

d) Las comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: Otros órganos administrativos para el ejercicio de sus competencias en la materia, al amparo de lo establecido en el artículo 21 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

e) Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No hay transferencias internacionales previstas.

f) Órgano responsable del fichero: Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.

g) Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, calle Cedaceros, número 11, 28014 Madrid.

h) El nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Medio.

ANEXO II

1. Fichero: GINPIX-IN:

a) La identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) La identificación del fichero: GINPIX-IN.

a.2) Finalidad: Gestión de nóminas.

a.3) Usos previstos: Gestión de nómina de internos y expertos docentes de formación profesional.

b) El origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

b.1) Colectivo: Internos trabajadores de centros penitenciarios y expertos docentes de formación profesional.

b.2) Procedimiento de recogida: Informes de talleres productivos de centros penitenciarios.

b.3) Procedencia: Informe de talleres productivos o el propio interesado.

b.4) Soporte utilizado para la obtención: Soporte papel y soporte informático.

c) La estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos, y en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Estructura:

Datos de carácter identificativo: D.N.I./N.I.F., Nº S.S., nombre y apellidos, dirección postal, teléfono, NIS.

Datos de características personales: Estado civil, fecha y lugar de nacimiento, edad, sexo, nacionalidad.

Datos académicos y profesionales: formación, titulaciones.

Datos económico- financieros y de seguros: Datos bancarios, datos económicos de nómina, datos deducciones impositivas/impuestos.

Datos de detalle del empleo: Puestos de trabajo.

Otros datos especialmente protegidos: Salud, en base a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio.

c.2) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.

d) Las comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: Agencia Tributaria, Seguridad Social, Entidades Financieras, y los órganos administrativos con competencias en la misma materia, al amparo de lo establecido en los artículos 11.2 y 21 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

e) Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No hay transferencias internacionales previstas.

f) Órgano responsable del fichero: Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.

g) Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, calle Cedaceros, número 11, 28014 Madrid.

h) El nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Básico.

2. Fichero: NEDAES:

a) La identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) La identificación del fichero: NEDAES.

a.2) Finalidad: Gestión de nóminas.

a.3) Usos previstos: Gestión de las nóminas de empleados públicos.

b) El origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

b.1) Colectivo: Personal funcionario y laboral del Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.

b.2) Procedimiento de recogida: Resoluciones de nombramiento, cese, traslados.

b.3) Procedencia: El propio interesado y Registros Públicos.

b.4) Soporte utilizado para la obtención: Soporte papel; soporte informático.

c) La estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos, y en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Estructura:

Datos de carácter identificativo: D.N.I./N.I.F., Nº S.S., nombre y apellidos, dirección postal, teléfono, N.R.P.

Datos de características personales: Estado civil, fecha y lugar de nacimiento, edad, sexo, nacionalidad.

Datos académicos y profesionales: Formación, titulaciones, experiencia profesional.

Datos económico-financieros y de seguros: Datos bancarios, datos económicos de nómina, datos deducciones impositivas/impuestos.

Datos de detalle del empleo: Puestos de trabajo, Cuerpo, Escala, Categoría, Grado.

Otros datos especialmente protegidos: Afiliación sindical.

c.2) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.

d) Las comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: Agencia Tributaria, Seguridad Social, MUFACE, Tesoro Público, Entidades Financieras, y los órganos administrativos con competencias en la misma materia, al amparo de lo establecido en los artículos 11.2 y 21 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

e) Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No hay transferencias internacionales previstas.

f) Órgano responsable del fichero: Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.

g) Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, calle Cedaceros, número 11, 28014 Madrid.

h) El nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Básico.

3. Fichero SICAP:

a) La identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) La identificación del fichero: SICAP.

a.2) Finalidad: Gestión contable de expedientes económicos.

a.3) Usos previstos: Gestión contable de expedientes económicos.

b) El origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

b.1) Colectivo: Personas físicas o jurídicas proveedores o adjudicatarias de contratación pública.

b.2) Procedimiento de recogida: Formalización de contratos y recepción de facturas.

b.3) Procedencia: El propio interesado o su representante legal.

b.4) Soporte utilizado para la obtención: Soporte papel.

c) La estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos, y en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Estructura:

Datos de carácter identificativo: D.N.I./N.I.F., nombre y apellidos, dirección postal, teléfono.

Datos económico-financieros y de seguros: Datos bancarios.

Datos de información comercial: Actividades y negocios.

c.2) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.

d) Las comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: Intervención General de la Administración del Estado, Tribunal de Cuentas, Agencia Tributaria, Entidades Financieras, y los órganos administrativos con competencias en la materia, al amparo de lo establecido en los artículos 11.2 y 21 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

e) Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No hay transferencias internacionales previstas.

f) Órgano responsable del fichero: Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.

g) Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, calle Cedaceros, número 11, 28014 Madrid.

h) El nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Básico.

4. Fichero GECU.

a) La identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) La identificación del fichero: GECU.

a.2) Finalidad: Gestión de cursos de formación.

a.3) Usos previstos: Gestión de cursos de formación de internos de centros penitenciarios.

b) El origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

b.1) Colectivo: Internos de centros penitenciarios.

b.2) Procedimiento de recogida: Entrevistas.

b.3) Procedencia: El propio interesado y su expediente penal y penitenciario.

b.4) Soporte utilizado para la obtención: Soporte papel y soporte informático.

c) La estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos, y en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Estructura:

Datos de carácter identificativo: D.N.I./N.I.F., Nº SS, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono, NIS.

Datos de características personales: Estado civil, fecha y lugar de nacimiento, edad, sexo, nacionalidad.

Datos académicos y profesionales: Formación, titulaciones, historial del estudiante, experiencia profesional.

c.2) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.

d) Las comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, para el ejercicio de sus competencias en la misma materia, al amparo de lo establecido en el artículo 21 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

e) Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No hay transferencias internacionales previstas.

f) Órgano responsable del fichero: Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.

g) Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, calle Cedaceros, número 11, 28014 Madrid.

h) El nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Básico.

5. Fichero LAWSON:

a) La identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) La identificación del fichero: LAWSON.

a.2) Finalidad: Gestión de aprovisionamiento y almacenes.

a.3) Usos previstos: Gestión de aprovisionamiento y almacenes de los talleres penitenciarios.

b) El origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia:

b.1) Colectivo: Personas físicas o jurídicas proveedores o adjudicatarias de contratación pública.

b.2) Procedimiento de recogida: Formalización de contratos y recepción de facturas.

b.3) Procedencia: El propio interesado o su representante legal.

b.4) Soporte utilizado para la obtención: Soporte papel y soporte informático.

c) La estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos, y en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Estructura:

Datos de carácter identificativo: D.N.I./N.I.F., nombre y apellidos, dirección postal, teléfono.

Datos económico-financieros y de seguros: Datos bancarios.

Datos de información comercial: Actividades y negocios.

Datos de transacciones: Bienes y servicios suministrados por el afectado, transacciones financieras.

c.2) Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.

d) Las comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios: Agencia Tributaria, Entidades Financieras, y los órganos administrativos con competencias en la misma materia, al amparo de lo establecido en los artículos 11.2 y 21 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

e) Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos: No hay transferencias internacionales previstas.

f) Órgano responsable del fichero: Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.

g) Servicio o Unidad ante el que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, calle Cedaceros, número 11, 28014 Madrid.

h) El nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible: Básico.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 28/04/2011
  • Fecha de publicación: 13/05/2011
  • Fecha de entrada en vigor: 14/05/2011
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA:
    • el anexo I, por Resolución de 10 de diciembre de 2012 (Ref. BOE-A-2013-228).
    • el anexo I, por Resolución de 7 de noviembre de 2011 (Ref. BOE-A-2011-18492).
Referencias anteriores
  • MODIFICA lo indicado d ela Orden INT/3764/2004, de 11 de noviembre (Ref. BOE-A-2004-19532).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Reglamento aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre (Ref. BOE-A-2008-979).
    • art. 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-23750).
Materias
  • Ficheros con datos personales
  • Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo

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