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Documento BOE-A-2010-4619

Resolución de 1 de marzo de 2010, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial correspondiente al año 2010 del Convenio colectivo de Servigesplan, S.L.

Publicado en:
«BOE» núm. 68, de 19 de marzo de 2010, páginas 27139 a 27141 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2010-4619
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2010/03/01/(5)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial correspondiente al año 2010 del Convenio Colectivo de la empresa Servigesplan, SL (Código de Convenio nº 9017752), publicado en el «BOE» de 5.10.2009, revisión que fue suscrita con fecha 20 de enero de 2010 por la Comisión Paritaria de dicho convenio colectivo, en la que están integrados la Dirección de la empresa y los designados por los Comités de empresa, firmantes del Convenio en representación, respectivamente, de las partes empresarial y trabajadora, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero. Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo. Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 1 de marzo de 2010.–El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

ACTA

Reunidos en Madrid en los locales de la empresa Servigesplan, S. L. El día 20 de enero de 2010, las personas que a continuación se relacionan, en calidad de Comisión paritaria del Convenio de la Empresa mencionada:

Asistentes

Por la representación de los trabajadores: Dña. Lucinda Tejeda Sánchez, D. Antonio Arnaiz Velasco y Dña. Leticia Gago Vidal.

Y de otra, por la representación empresarial: Dña. Inmaculada Sánchez Molina y D. Julio Rueda Barroso

Que, habiendo resultado el IPC real al 31-12-09 el 0,8 %, la revisión del Convenio Colectivo de empresa Servigesplan SL. quedará de la siguiente manera:

Artículo 22. Desplazamientos.

Si el desplazamiento se realizase en vehiculo particular del trabajador/a, se abonara durante el año 2010, a razón de 0,19 euros por kilómetro.

Artículo 24. Importe de las dietas.

Los importes de las dietas para el año 2010 serán las siguientes:

Cuando el trabajador/a tenga que hacer una comida fuera de la localidad: 9,57 euros.

Cuando el trabajador/a tenga que hacer dos comidas fuera de su localidad: 17,64 euros.

Cuando el trabajador/a tenga que pernoctar y desayunar: 28,22 euros.

Cuando el trabajador/a tenga que pernoctar fuera de su localidad y realizar dos comidas: 42,84 euros.

Artículo 33. Premio de vinculación.

Edad

Euros

Sesenta años

5.690

Sesenta y un años

5.238

Sesenta y dos años

4.829

Sesenta y tres años

4.022

Artículo. 51. Compensación noche del 24 al 25 de diciembre y del 31 de diciembre al 1 de enero.

El importe de esta compensación para el año 2010 será de 63,80 €.

Artículo 51. Plus de nocturnidad: Tal y como determina el Convenio, se establece por este complemento el equivalente a 0,40 €/hora efectiva de trabajo realizada entre las veintidós y seis horas.

Y, sin nada más que tratar, firman el presente acta, en prueba de conformidad, los asistentes a la reunión en Madrid a veinte de enero de dos mil diez.

ANEXO I
Tablas salariales Servigesplan, S. L. Año 2010

Categorías

S. base

Plus transporte

Plus vestuario

Total

Personal Directivo y Técnico:

 

 

 

 

Director general

1461,60

90.72

 

1552.32

Director administrativo

1108,80

90,72

 

1199.52

Director comercial

1108,80

90,72

 

1199.52

Director personal

1108,80

90,72

 

1199.52

Director técnico

1008,00

90,72

 

1098,72

Jefe de departamento

1108,80

90,72

 

1199.52

Titulado grado superior

957,60

90,72

 

1048,32

Titulado grado medio

957,60

90,72

 

1048,32

Personal Administrativo:

 

 

 

 

Jefe 1 administrativo

907,20

90,72

 

997,92

Jefe 2 administrativo

866,88

90,72

 

957,60

Oficial primera

826,56

90,72

 

917,28

Oficial segunda

766,08

90,72

 

856,80

Vendedor

729,79

90,72

51,27

871,78

Auxiliar administrativo

705,60

80,64

51,27

837,51

Aspirante administrativo

633,30

80,64

47,97

761,91

Telefonista/o

633,30

80,64

47,97

761,91

Jefe general de servicios

967,68

90,72

80,64

1139,04

Jefe de servicios

856,80

90,72

80,64

1028,16

Inspector

806,40

90,72

80,64

977,76

Oficios varios servicios externos:

 

 

 

 

Encargado de almacén

705,60

61,20

51,27

818,07

Auxiliar mercancías

633,30

57,29

50,86

741,45

Auxiliar control/controlador

633,30

57,29

50,86

741,45

Mensajero

633,30

57,29

50,86

741,45

Conductor/Repartidor

633,30

57,29

50,86

741,45

Azafata/auxiliar

633,30

57,29

50,86

741,45

Ordenanza

633,30

57,29

50,86

741,45

Conserje

633,30

57,29

50,86

741,45

Operador

633,30

57,29

50,86

741,45

Supervisor

633,30

57,29

50,86

741,45

Ayudante

633,30

57,29

50,86

741,45

Peón

633,30

57,29

50,86

741,45

Anexo II

Categorías

H. extra

Nocturn.

Antiguedad

Personal Directivo y Técnico:

 

 

 

Director general

 

 

73,08

Director administrativo

 

 

55,44

Director comercial

 

 

55,44

Director personal

 

 

55,44

Director técnico

 

 

50,40

Jefe de departamento

 

 

55.44

Titulado grado superior

 

 

47,88

Titulado grado medio

 

 

47,88

Personal administrativo

 

 

 

Jefe 1 administrativo

 

 

43,36

Jefe 2 administrativo

 

 

43,34

Oficial primera

 

 

41,33

Oficial segunda

 

 

38,30

Vendedor

 

 

36,48

Auxiliar administrativo

 

 

35,28

Aspirante administrativo

 

 

31,67

Telefonista/o

 

 

31,67

Jefe general de servicios

 

 

48,38

Jefe de servicios

 

 

42,84

Inspector

 

 

40,32

Oficios varios servicios externos:

 

 

 

Encargado de almacén

4,88

0,40

35,28

Auxiliar mercancías

4,88

0,40

31,67

Auxiliar control/controlador

4,88

0,40

31,67

Mensajero

4,88

0,40

31,67

Conductor/repartidor

4,88

0,40

31,67

Azafata/auxiliar

4,88

0,40

31,67

Ordenanza

4,88

0,40

31,67

Conserje

4,88

0,40

31,67

Operador

4,88

0,40

31,67

Supervisor

4,88

0,40

31,67

Ayudante

4,88

0,40

31,67

Peón

4,88

0,40

31,67

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 01/03/2010
  • Fecha de publicación: 19/03/2010
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 24 de septiembre de 2009 (Ref. BOE-A-2009-15830).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Empresas de servicios

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