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La Orden Ministerial 190/2001, de 10 de septiembre, por la que se dictan normas para la aplicación del complemento de dedicación especial, en su apartado segundo, párrafo cuarto, dispone que la concesión o cese en la percepción de algún tipo de dedicación especial se comunicará al interesado mediante escrito del Jefe de Estado Mayor del Ejército correspondiente o por el Subsecretario de Defensa, en el ámbito de su competencia o por las Autoridades en quienes deleguen. La Resolución 302/2001, de 27 de diciembre, de la Jefatura del Estado Mayor del Aire, se publicó al objeto de delegar dicha facultad a las diferentes Autoridades de este Ejército. Los nuevos cambios de estructuras orgánicas previsto como consecuencia del desarrollo del Real Decreto 416/2006, de 11 de abril, por la que se establece la organización y el despliegue de la fuerza del Ejército de Tierra, del la Armada y del Ejército del Aire, así como de la Unidad Militar de Emergencia, hacen aconsejable actualizar dicha Resolución. En su virtud, previa aprobación del Ministro de Defensa, conforme a la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 13 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, dispongo:
Primero.-Se delega la facultad de conceder o cesar en la percepción del complemento de dedicación especial por el concepto de especial rendimiento, a las autoridades siguientes, respecto al personal bajo su dependencia orgánica: Excmo. Sr. General Jefe del Mando Aéreo de Combate.
Excmo. Sr. General Jefe del Mando Aéreo General. Excmo. Sr. General Jefe del Mando Aéreo de Canarias. Excmo. Sr. General Jefe del Mando de Apoyo Logístico. Excmo. Sr. General Jefe del Mando de Personal. Excmo. Sr. General 2.º Jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire. Excmo. Sr. General Director de Asuntos Económicos. Excmo. Sr. General Jefe de la Jefatura de Servicios Técnicos y de Sistemas de Información y Telecomunicaciones. Excmo. Sr. General Jefe de la Agrupación del Cuartel General del Ejército del Aire. Excmo. Sr. General Asesor Jurídico del Aire. Excmo. Sr. General Jefe del Gabinete del Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire. Excmo. Sr. General Jefe de la Jefatura del Sistema de Mando y Control.
Segundo.-Las resoluciones administrativas que se adopten, en virtud de la presente delegación, indicarán expresamente esta circunstancia, haciendo constar en la antefirma la expresión «Por delegación», con cita de la presente Resolución.
Tercero.-Mediante acuerdo motivado de la autoridad delegante se podrá avocar el conocimiento y resolución de cualquier asunto comprendido en la presente delegación. Cuarto. Disposición derogatoria única.-Queda derogada la Resolución 302/2001, de 27 de diciembre, de la Jefatura del Estado Mayor del Aire, por la que se delega la facultad de conceder o cesar, al personal militar, en la percepción del complemento de dedicación especial por el concepto de especial rendimiento.
Quinto. Entrada en vigor.-La presente Resolución entrará en vigor el día 16 de enero de 2007.
Madrid, 15 de enero de 2007.-El General Jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire, Francisco José García de la Vega.
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