Contido non dispoñible en galego
La Orden Ministerial 190/2001, de 10 de septiembre, por la que se dictan normas para la aplicación del complemento de dedicación especial, en su apartado segundo, párrafo cuarto, dispone que la concesión o cese en la percepción de algún tipo de dedicación especial se comunicará al interesado mediante escrito del Jefe de Estado Mayor del Ejército correspondiente o por el Subsecretario de Defensa, en el ámbito de su competencia, o por las Autoridades en quienes deleguen.
En su virtud, previa aprobación del Ministro de Defensa, conforme a la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 13 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo:
Primero.-Se delega la facultad de conceder o cesar en la percepción del complemento de dedicación especial tipo primero y segundo, por el concepto de especial rendimiento, a las autoridades siguientes, respecto al personal bajo su dependencia orgánica:
Excmo. Sr. General Jefe del Mando Aéreo del Centro y 1.ª R.A.
Excmo. Sr. General Jefe del Mando Aéreo del Estrecho y 2.ª R.A.
Excmo. Sr. General Jefe del Mando Aéreo de Levante y 3.ª R.A.
Excmo. Sr. General Jefe del Mando Aéreo de Canarias y de la Z.A.C.
Excmo. Sr. General Jefe del Mando Aéreo de Combate.
Excmo. Sr. General Jefe del Mando de Apoyo Logístico.
Excmo. Sr. General Jefe del Mando de Personal.
Excmo. Sr. General Director de Asuntos Económicos.
Excmo. Sr. General Director de Servicios Técnicos.
Excmo. Sr. General Jefe de la Agrupación del Cuartel General.
Excmo. Sr. General Asesor Jurídico del Aire.
Excmo. Sr. General 2.º Jefe del E.M. del Ejército del Aire.
Excmo. Sr. General Jefe del Gabinete del Jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire.
Segundo.-Las resoluciones administrativas que se adopten, en virtud de la presente delegación, indicarán expresamente esta circunstancia, haciendo constar en la antefirma la expresión "Por delegación", con cita de la presente Resolución.
Tercero.-Mediante acuerdo motivado de la autoridad delegante se podrá avocar el conocimiento y resolución de cualquier asunto comprendido en la presente delegación.
Disposición final única.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 27 de diciembre de 2001.-El Jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire, Eduardo Gonzalez-Gallarza Morales.
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid