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De conformidad con los artículos 81 del R. D. Legislativo 2/2000 de 16 de junio por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, 79 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y 17 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo:
Primero.-Se procede a designar la composición de la Mesa de Contratación del Instituto de Turismo de España (TURESPAÑA), con carácter permanente, con las funciones que le asigna el R. D. Legislativo 2/2000, de 16 de junio por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en lo que no se oponga a las disposiciones anteriores y demás normas complementarias y concordantes.
Segundo.-La Mesa de Contratación del Instituto de Turismo de España, con el carácter a que se refiere el punto primero de la presente Resolución, tiene la siguiente composición:
1. Presidente: El Subdirector General de Gestión Económico-Administrativa, que podrá ser sustituido, en caso de ausencia, vacante o enfermedad, por el Subdirector Adjunto de la misma Subdirección o persona a quien designe.
2. Vocales:
a) El Subdirector General o, en su caso, el Director del Palacio de Congresos de Madrid, a cuyo ámbito de competencias se refiera el contrato y que podrá ser sustituido por un funcionario de sus respectivas Subdirecciones o, en su caso, del Palacio de Congresos de Madrid.
b) Un representante de la Subdirección General de Gestión Económico Administrativa. c) Un Abogado del Estado del Servicio Jurídico del Departamento. d) Un Interventor de la Intervención General de la Administración del Estado en el Departamento.
3. Secretario: El Jefe del Servicio de Contratación, que podrá ser sustituido, en caso de ausencia, vacante o enfermedad, por un funcionario del mencionado Servicio.
Tercero.-La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 27 de julio de 2005.-El Vicepresidente, Raimon Martínez Fraile.
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