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Documento BOE-A-2005-8529

Resolución de 10 de mayo de 2005, de la Secretaría General para el Territorio y la Biodiversidad, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de abril de 2005, sobre aprobación de las nuevas tarifas para aprovechamiento del Acueducto Tajo-Segura.

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 24 de mayo de 2005, páginas 17504 a 17505 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2005-8529
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2005/05/10/(1)

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 22 de abril de 2005, a propuesta de la Ministra de Medio Ambiente, planteada a iniciativa de la Comisión Central de Explotación, según lo previsto en la Ley 52/1980, de 16 de octubre, reguladora del régimen económico de la explotación de dicho acueducto, aprobó las nuevas tarifas para el aprovechamiento del Acueducto Tajo-Segura. El citado Acuerdo establece que las nuevas tarifas entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. En su virtud resuelvo:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de abril de 2005, por el que se aprueban las tarifas del Acueducto Tajo-Segura, que figuran como anexo a esta Resolución.

Madrid, 10 de mayo de 2005.-El Secretario general, Antonio Serrano Rodríguez.

ANEXO

Acuerdo sobre aprobación de las nuevas tarifas para el aprovechamiento del acueducto Tajo-Segura

«Aprobar las siguientes tarifas de conducción de las aguas del Acueducto Tajo-Segura, propuestas por el Ministerio de Medio Ambiente:

1.º Para las aguas trasvasadas al sureste:

Riegos

-

€/m3

Abastecimientos

-

€/m3

a) Coste de las Obras

0,013856

0,039731

b) Gastos fijos de funcionamiento

0,021109

0,021109

c) Gastos variables de funcionamiento .

0,064665

0,064665

Total

0,099630

0,125505

2.º Para las aguas trasvasadas a la cuenca alta del Guadiana:

Abastecimientos

-

€/m3

Tablas de Daimiel

-

€/m3

a) Coste de las Obras

0,018611

0,000000

b) Gastos fijos de funcionamiento

0,001284

0,001284

c) Gastos variables de funcionamiento .

0,042048

0,042048

Total

0,061943

0,043332

3.º Para las aguas propias de la cuenca del Júcar que utilicen exclusivamente la infraestructura del acueducto:

Riegos en la zona de Los Llanos

-

€/m3

Abastecimiento de Albacete

-

€/m3

a) Coste de las Obras

0,002758

0,017537

b) Gastos fijos de funcionamiento

0,005331

0,005331

c) Gastos variables de funcionamiento .

0,000000

0,000000

Total

0,008089

0,022868

4.º Para las aguas propias de la cuenca del Júcar que, con destino a abastecimientos, utilicen tanto la infraestructura del acueducto como la del postrasvase:

€/m3

a) Coste de las Obras

0,031457

b) Gastos fijos de funcionamiento

0,018212

c) Gastos variables de funcionamiento

0,000000

Total

0,049669

5.º Para las aguas propias de la cuenca del Segura que utilicen la infraestructura del Acueducto Tajo-Segura en el postrasvase:

Riegos

-

€/m3

Abastecimientos

-

€/m3

a) Coste de las Obras

0,005278

0,022575

b) Gastos fijos de funcionamiento

0,011688

0,011688

c) Gastos variables de funcionamiento .

0,000000

0,000000

Total

0,016966

0,034263

6.º Para las aguas concedidas para riegos en la zona de Los Llanos de Albacete, en compensación por las filtraciones al túnel de Talave.

€/m3

a) Coste de las Obras

0,000000

b) Gastos fijos de funcionamiento

0,000286

c) Gastos variables de funcionamiento

0,000000

Total

0,000286

Las tarifas entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.»

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 10/05/2005
  • Fecha de publicación: 24/05/2005
  • Fecha de entrada en vigor: 25/05/2005
Referencias anteriores
Materias
  • Abastecimiento de aguas
  • Acueducto Tajo-Segura
  • Precios
  • Tarifas

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