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Visto el texto del Acta de Revisión Salarial para la base de Huelva y su zona de influencia del Convenio Colectivo de la empresa «ESK, Sociedad Anónima» (código de Convenio número 9011002), que fue suscrito con fecha 17 de julio de 2000, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, para su representación y, de otra, por el Delegado de Personal, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.‒Ordenar la inscripción de la citada Revisión Salarial en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.‒Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 28 de diciembre de 2000.‒La Directora general, Soledad Córdova Garrido.
ACTA DE REVISIÓN SALARIAL DEL CONVENIO LABORAL PARA 2000-2001 DE LA BASE DE HUELVA, DE LA MERCANTIL «ESK, SOCIEDAD ANÓNIMA»
Asistentes:
Por la empresa: Don R. Blasco Castañer.
Asesor: Don José Caballero Savall.
Por los trabajadores, y en representación de los centros de trabajo afectados por el vigente Convenio Colectivo:
El Delegado de Personal: Por CCOO don Antonio Ruiz Fernández.
En Palos de la Frontera (Huelva), siendo las diez horas treinta minutos del día 17 de julio de 2000.
Reunidas en el centro de trabajo de la mercantil «ESK, Sociedad Anónima», las personas antes relacionadas con el fin de proceder a la revisión salarial del Convenio Colectivo de la base de Huelva y sus zonas de influencia,
Todos los reunidos se reconocen con suficiente entidad y personalidad para representar a todos los sectores y centros de trabajo de la empresa y proceden a constituirse como Mesa Negociadora para la Revisión Salarial.
Orden del día
1.º Reconocimiento de las partes.
2.º Revisión salarial del Convenio de conformidad con artículo 46.
1.º Reconocimiento de las partes
Ambas partes se reconocen mutua capacidad legal para proceder a la revisión salarial para el período de julio 2000 a junio 2001, y a tal fin manifiestan:
Ponen de manifiesto ambas partes la buena voluntad y predisposición que les anima, para llegar a buen fin en la presente negociación.
Tras el reconocimiento de las partes, el representante de la empresa don Ruperto Blasco, manifiesta que asistirá a las negociaciones asesorado por el Abogado, señor Caballero Savall, lo que es aceptado por la parte social, que manifiesta su intención de estar asistida, en lo posible, por el representante de CCOO señor Jiménez San José.
2.º Revisión salarial del Convenio de conformidad con artículo 46
Habiéndose hecho público el IPC del período julio 1999 a junio 2000, siendo el 3,4 por 100 y estando pactado en el Convenio de referencia, artículo 46, que la revisión salarial se efectuaría en un 0,50 por 100 sobre el IPC, queda establecido que, a partir del 1 de julio de 2000, todos los conceptos económicos quedarán aumentados en un 3,9 por 100, con efectos de 1 de julio de 2000, manteniéndose los mismos hasta 30 de junio de 2001.
No habiendo más temas que tratar se da por terminada la reunión, firmando las partes de conformidad con el contenido de la presente acta.
Y conformes, firman todos los asistentes.
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