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Documento BOE-A-1999-8228

Resolución de 22 de marzo de 1999, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación de la Prórroga y Revisión Salarial del IV Convenio Colectivo de la empresa «Swissair, Sociedad Anónima», Suiza para la Navegación Aérea.

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 10 de abril de 1999, páginas 13598 a 13599 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1999-8228
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1999/03/22/(5)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de Prórroga y Revisión Salarial del IV Convenio Colectivo de la empresa «Swissair, Sociedad Anónima», Suiza para la Navegación Aérea («Boletín Oficial del Estado» de 5 de octubre de 1987) (Código de Convenio número 9004882), que fue suscrito con fecha 24 de febrero de 1999, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa para su representación y de otra por los Delegados de Personal de los distintos centros de trabajo en representación de los trabajadores y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.—Ordenar la inscripción de la Prórroga y Revisión Salarial del citado Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.—Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 22 de marzo de 1999.—La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACUERDO SOBRE AJUSTES Y MODIFICACIONES DE SALARIOS Y DE LOS ANEXOS DEL IV CONVENIO COLECTIVO ENTRE «SWIS-SAIR, SOCIEDAD ANÓNIMA» Y SU PERSONAL QUE PRESTA SUS SERVICIOS EN ESPAÑA

En Madrid, en las oficinas de Swissair en calle Santa Cruz de Marcenado, número 31, a 24 de febrero de 1999,

REUNIDOS

De una parte:

Don Francisco Siegenthaler, Director general de Swissair para España.

Don Pedro Acevedo Morejón, Director de Administración y Personal de Swissair para España.

Y de otra parte:

Los Delegados de personal de la plantilla en España:

Don Ángel Córdoba Murias, representante de Madrid ciudad.

Don Carlos Fernández Fuego, representante de Madrid aeropuerto.

Don Juan Prades Trilla, representante de Barcelona.

Don Francisco Piera Bernadell, representante de Barcelona aeropuerto.

Don Carlos Gomis Rebollo, representante de Málaga, como únicos representantes del personal contratado por Swissair en España.

Constituidos como Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de «Swissair, Sociedad Anónima» y su personal que presta sus servicios en España,

ACUERDAN

Primero.—Mantener el texto del IV Convenio Colectivo suscrito entre la empresa Swissair España y el personal de la misma en dicho territorio con las especificaciones y modificaciones que a continuación se indican.

Segundo.—Incrementar los salarios en un 1,8 por 100, con efectos de 1 de enero de 1999. Al final del año, cuando se conozca el IPC real del año 1999, si hubiese alguna diferencia, ajustarla, con la misma fecha de efectividad 1 de enero de 1999, integrándose en nómina y pagándose los atrasos en un pago único.

Tercero.—Con efectos de 1 de enero de 1999, el anexo 1 del Convenio Colectivo de «Swissair, Sociedad Anónima» y su personal que presta sus servicios en España queda modificado del modo siguiente:

ANEXO 1 (ESPAÑA)
Categorías profesionales/tabla salarial

Salario Base

Mínimo Mensual

Pesetas

Oficiales de tercera. 148.406

Conductor.

Operador de teléfono sin experiencia.

Agente de mostrador y de reservas sin experiencia.

Agente de aeropuerto (pasajeros/carga) sin experiencia. Personal administrativo sin experiencia.

 
Oficiales de segunda. 164.902

Conductor con experiencia.

Secretaria.

Agente de mostrador y de reservas con experiencia.

Operador de teléfono con experiencia.

Agente de aeropuerto (pasajeros/carga).

Contable «junior». Cajero «junior».

 
Oficiales de primera. 181.379

Secretaria con experiencia.

Secretaria combinada con servicio de teléfonos.

Agente de mostrador y reservas «senior».

Agente de aeropuerto (pasajeros/carga) «senior».

Contable.

Cajero.

Promotor de ventas.

 
Jefes de tercera. 206.115

Secretaria de Dirección.

Encargado de mostrador y reservas «Lead Agent».

Encargado en el aeropuerto (Pax/cargo) «Lead Agent».

Contable «senior».

Promotor de ventas con experiencia. Funciones especiales.

 
Jefes de segunda. 247.344

Jefe de mostrador y reservas.

Jefe de aeropuerto (pasajeros/carga).

Promotor de ventas «senior».

Supervisor contable.

Funciones especiales.

 
Jefes de primera. 296.813

Cuarto.—Con efectos de 1 de enero de 1999, el anexo 3 del Convenio Colectivo de «Swissair, Sociedad Anónima» y su personal que presta sus servicios en España queda modificado del modo siguiente:

ANEXO 3 (ESPAÑA)
Compensaciones para comidas, transporte, subvención estudios y varios Pesetas
Comidas:  
a) Desayunos 265
b) Comida 935
c) Cena 935
Prima kilométrica:  
Por cada kilómetro 50
Taxi:  
Participación en cursos máximo (con recibo) 2.950
Subvención estudios:  
Por hijo entre: 13.200
2 y 5 años  
6 y 13 años 16.800
14 y 24 años 25.200
Varios:  
Turno largo 3.500 (*)
Zapatos de uniforme: 75 por 100 máximo 8.000

(*) Congelado desde 1991 a cambio de media hora de descanso computable como tiempo efectivo de trabajo.

Personal que preste sus servicios en los aeropuertos:

Para la asistencia a la salida de vuelos durante todo el año, o para cualquier otro servicio cuya jornada empiece a las seis cincuenta y nueve horas o antes, una compensación de taxi de 1.800 pesetas, que será revisable cuando haya subida en las tarifas de taxi, tomando como base Madrid.

Palma de Mallorca:

Personal de operaciones:

Para servicios nocturnos no coincidentes con el horario de los transportes públicos, compensación para taxi de 1.800 pesetas.

Málaga:

Para todo el personal que resida fuera de Torremolinos, la tarifa en vigor de tren, Málaga-Torremolinos.

Todos los puntos de este acuerdo son aceptados por los delegados.

En prueba de conformidad firman las partes interesadas en la ciudad y fecha indicados en el encabezamiento.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 22/03/1999
  • Fecha de publicación: 10/04/1999
Referencias anteriores
  • PRORROGA el Convenio publicado por Resolución de 21 de septiembre de 1987 (Ref. BOE-A-1987-22569).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Negociación colectiva
  • Transportes aéreos

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