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Documento BOE-A-1981-16666

Real Decreto 1515/1981, de 8 de julio, sobre fijación del precio de la harina destinada a la panificación.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 176, de 24 de julio de 1981, páginas 16832 a 16832 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1981-16666
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1981/07/03/1515

TEXTO ORIGINAL

Por Real Decreto mil seiscientos cuatro/mil novecientos ochenta, de treinta y uno de julio, sobre fijación del precio de la harina destinada a la panificación, se estableció, a propuesta de los Ministerios de Industria y Energía y de Agricultura, y oída la Junta Superior de Precios, el precio para la campaña pasada.

Dado el incremento de precio de venta del trigo a la fabricación de harinas, así como los incrementos habidos en los gastos de molturación, se hace preciso fijar el nuevo precio de la harina para la elaboración del pan.

En su virtud, a propuesta de los Ministerios de Industria y Energía y de Agricultura y Pesca, y oída la Junta Superior de Precios, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día tres de julio de mil novecientos ochenta y uno,

DISPONGO:

Artículo 1.

Las harinas de trigo que se destinen a la panificación de piezas de formato, pesos y precios autorizados tendrán como precio de venta por el fabricante de harinas, con destino a la industria de panadería, el precio máximo de veintiocho pesetas con siete céntimos el kilogramo.

Este precio se aplicará en posición de fábrica de harinas sin envase.

Artículo 2.

El precio fijado en el articulo primero entrará en vigor a las cero horas del día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Artículo 3.

Continúa en vigor el Real Decreto mil ochocientos treinta y cuatro/mil novecientos setenta y siete, de veintitrés de julio, en todo aquello que no se oponga a lo dispuesto en el presente.

Dado en Madrid a tres de julio de mil novecientos ochenta y uno.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de la Presidencia,

PIO CABANILLAS GALLAS

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 03/07/1981
  • Fecha de publicación: 24/07/1981
  • Fecha de entrada en vigor: 24/07/1981
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACIÓN, revisando los precios: Real Decreto 1522/1982, de 9 de julio (Ref. BOE-A-1982-17499).
Referencias anteriores
Materias
  • Harinas
  • Panaderías
  • Precios

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