Contido non dispoñible en galego
Por Orden ECD/1491/2014, de 31 de julio, se fijaron los precios públicos por los servicios académicos universitarios en la Universidad Nacional de Educación a Distancia para el curso 2014-2015.
Así, en los anexos de dicha orden quedaron determinadas las cuantías correspondientes a las distintas prestaciones de servicio público en la educación universitaria, que fueron establecidas en virtud de las propuestas efectuadas por la universidad, teniendo en cuenta los límites de precios acordados por la Conferencia General de Política Universitaria.
Sin embargo, con posterioridad al dictado de la orden, la referida universidad ha solicitado una modificación de la misma que consiste, por una parte, en incluir los precios públicos de dos nuevos títulos de Máster de nueva implantación en este curso 2014-2015 (Máster Universitario en Protocolo y Máster Universitario en Psicología General Sanitaria) que serán abonados de acuerdo con las normas establecidas en la orden; y, por otra, en rectificar la propuesta original de establecer con carácter general un precio por la participación en preinscripciones para el acceso a estudios de máster y doctorado y sustituirla por la de fijar un precio por la evaluación de las solicitudes de acceso a los estudios de máster y doctorado de estudiantes con titulaciones de sistemas educativos extranjeros.
En consecuencia, una vez vista la propuesta efectuada al efecto por la Universidad Nacional de Educación a Distancia, procede modificar la referida orden en el sentido de incluir en su anexo IV, relativo a los precios de Másteres Universitarios, las tarifas correspondientes a los dos nuevos títulos de Máster, y de modificar el apartado 2.5 del anexo VI, relativo a precios públicos por otros servicios 2014-2015, para fijar el nuevo precio relativo a la evaluación de solicitudes de estudios de máster y doctorado.
Esta orden se dicta al amparo de la habilitación conferida por el artículo 26.1 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos. En su virtud, dispongo:
Uno. Se añaden las siguientes tarifas al anexo IV de la ECD/1491/2014, de 31 de julio:
Bajo el epígrafe Másteres Universitarios –Másteres Universitarios Profesionalizantes– se incluye:
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«Euros/crédito ECTS |
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Primera matrícula |
Segunda matrícula |
Tercera matrícula |
Cuarta y sucesivas matrículas |
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Máster en Psicología General Sanitaria |
45,00 |
54,00 |
117,00 |
162,00» |
Bajo el epígrafe Másteres Universitarios –Másteres Universitarios No Profesionalizantes– se incluye:
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«Euros/crédito ECTS |
|||
---|---|---|---|---|
Primera matrícula |
Segunda matrícula |
Tercera matrícula |
Cuarta y sucesivas matrículas |
|
Máster en Protocolo |
28,51 |
46,15 |
49,70 |
53,25» |
Dos. El apartado 2.5 del anexo VI queda redactado como sigue:
«2.5 Evaluación de las titulaciones de sistemas educativos extranjeros para el acceso a estudios de Máster y Doctorado: 30 euros.»
Madrid, 26 de febrero de 2015.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, José Ignacio Wert Ortega.
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