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Documento BOE-A-2013-5002

Orden AEC/803/2013, de 17 de abril, por la que se crea una Oficina Consular Honoraria de España en Lloilo (Filipinas) y se modifica la circunscripción del Consulado Honorario en Cebú.

Publicado en:
«BOE» núm. 115, de 14 de mayo de 2013, páginas 36154 a 36154 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2013-5002
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2013/04/17/aec803

TEXTO ORIGINAL

La necesidad de crear una Oficina Consular Honoraria de España en Lloilo se justifica porque es la segunda ciudad financiera más importante de las Islas Visayas, cuenta con un aeropuerto internacional y un puerto marítimo importante. Por todo ello y con el fin de mejorar la asistencia a los españoles tanto residentes como turistas, se considera necesario crear una Oficina Consular Honoraria en Lloilo y modificar la circunscripción del Consulado Honorario en Cebú.

Por ello, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Manila, con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios y de la Dirección General para América del Norte, Asia y Pacífico, he tenido a bien disponer:

Primero.

Se crea una Oficina Consular Honoraria de España en Lloilo (Filipinas), con sede en Lloilo City, con jurisdicción en la Región VI: Western Visayas (provincias de Lloilo, Guimarás, Capiz, Antique, Aklan y Negros Occidental), con categoría de Consulado Honorario y dependiente del Consulado General de España en Manila.

Segundo.

Se modifica la circunscripción del Consulado Honorario de España en Cebú (Filipinas), que comprendería a la Región VII: Central Visayas (provincias de Bohol, Cebú, Negros Oriental y Siquijor) y a la Región VIII: Eastern Visayas (Biliran, Eastern Samar, Leyte, Northern Samar, Southern Leyte y Western Samar).

Tercero.

El Jefe de la Oficina Consular Honoraria de España en Lloilo tendrá, de conformidad con el Artículo 9 del Convenio de Viena sobre relaciones consulares de 24 de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario.

Madrid, 17 de abril de 2013.–El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, José Manuel García-Margallo y Marfil.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 17/04/2013
  • Fecha de publicación: 14/05/2013
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 126, de 27 de mayo de 2013 (Ref. BOE-A-2013-5533).
Referencias anteriores
Materias
  • Consulados
  • Filipinas
  • Relaciones Consulares

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