Contido non dispoñible en galego
La creación de una Oficina Consular Honoraria en Luxor ayudará a la promoción de los intereses españoles en esa zona, facilitará los contactos con las autoridades locales y prestará asistencia al creciente número de turistas españoles que visitan esa zona. Por todo ello, la existencia de una Oficina Consular Honoraria de España en Luxor supondrá un apoyo significativo a la Embajada de España en el ejercicio de sus funciones en ese ámbito geográfico. Con este objetivo, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en El Cairo y previo informe favorable de la Dirección General de Asuntos y Asistencia Consulares y de la Dirección General de Política Exterior para el Mediterráneo, Oriente Próximo y Africa, he tenido a bien disponer:
Primero.-Se crea una Oficina Consular Honoraria en Luxor (Egipto), con categoría de Viceconsulado Honorario, con jurisdicción en Asuán, Abu Simbel, Hurghada y Sharm el Sheik y dependiente de la Embajada de España en El Cairo.
Segundo.-El Jefe de esta Oficina Consular Honoraria tendrá, de conformidad con el Artículo 9 del Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares de 24 de abril de 1963, categoría de Vicecónsul Honorario.
Madrid, 24 de agosto de 2007.-El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Miguel Ángel Moratinos Cuyaubé.
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