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Documento BOE-A-2000-1265

Orden de 14 de diciembre de 1999 por la que se crean y se regulan ficheros automatizados con datos de carácter personal, gestionados por el Ministerio de Sanidad y Consumo.

Publicado en:
«BOE» núm. 17, de 20 de enero de 2000, páginas 2646 a 2647 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2000-1265
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1999/12/14/(1)

TEXTO ORIGINAL

Para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal (LORTAD), se regularon los ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad y Consumo mediante Orden de 21 de julio de 1994.

A fin de completar la relación de los ficheros automatizados gestionados por el Ministerio de Sanidad y Consumo a los que afecta la citada Ley Orgánica y asegurar así a los administrados el ejercicio de sus legítimos derechos, se procede a la regulación de tres ficheros de nueva creación correspondientes a la Dirección General de Salud Pública.

En virtud de lo anterior, dispongo:

Primero.

Se amplía el contenido del anexo I, Ficheros de carácter sanitario, de la Orden de 21 de julio de 1994, referidos a la Dirección General de Salud Pública, con la inclusión de tres nuevos ficheros automatizados, que se relacionan en el anexo, referidos a los viajeros atendidos en los Centros de Vacunación Internacional, a los operadores económicos relacionados con los controles de Sanidad Exterior en el tráfico internacional de mercancías y a los controles higiénico-sanitarios.

Segundo.

El titular del órgano responsable del fichero automatizado adoptará, bajo la superior dirección del Ministerio de Sanidad y Consumo, las medidas de gestión y organización que sean necesarias, asegurando, en todo caso, la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, y en sus normas de desarrollo.

Tercero.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Estado».

Madrid, 14 de diciembre de 1999.

ROMAY BECCARÍA

Ilmos. Sres. Subsecretario de Sanidad y Consumo, Secretario general de Asistencia Sanitaria, Secretario general Técnico, Directores generales de Departamento y Directores de Organismos Autónomos y entidades adscritas al Departamento

ANEXO

Fichero: Vacunación Internacional (SISAEX-II).

Usos y fines: Centralizar la información relativa a los usuarios de los Centros de Vacunación Internacional. Utilización de información con usos estadísticos e investigación sanitaria.

Persona y/o colectivos afectados: Personas que utilizan los servicios de los centros de Vacunación Internacional.

Procedimiento de recogida de datos: Formularios, personal propio del centro.

Estructura básica: Base de Datos.

Datos de carácter personal incluidos en el fichero:

Datos personales:

Documento nacional de identidad, pasaporte, otros.

Apellido primero.

Apellido segundo.

Nombre.

Sexo.

Fecha de nacimiento.

Domicilio y teléfono.

CIP (número de tarjeta sanitaria).

Datos de la historia clínica.

Datos del viaje.

Actuaciones preventivas recomendadas.

Cesiones previstas: A otros organismos sanitarios y organismos oficiales de estadística.

Órgano responsable del fichero: Dirección General de Salud Pública.

Unidad o Servicio ante el que se puede ejercitar el derecho de acceso, rectificación o cancelación: Subdirección General de Sanidad Exterior y Veterinaria.

Fichero: Control Sanitario del Trafico Internacional de Mercancías de Consumo Humano (SISAEX-II).

Usos y fines: Centralizar la información relativa a los procedimientos de control sanitario del trafico internacional de mercancías de consumo humano. Utilización de la información para usos estadísticos e investigación sanitaria.

Persona y/o colectivos afectados: Operadores económicos implicados en el trafico internacional de mercancías de consumo humano.

Procedimiento de recogida de datos: Formularios, personal propio del centro, sistemas automatizados.

Estructura básica: Base de Datos.

Datos de carácter personal incluidos en el fichero:

Datos de los operadores económicos:

Nombre.

Dirección.

Número de identificación fiscal.

Número de registro sanitario de alimentos.

Cesiones previstas: A otros organismos sanitarios y organismos oficiales de estadística.

Órgano responsable del fichero: Dirección General de Salud Pública.

Unidad o Servicio ante el que se puede ejercitar el derecho de acceso, rectificación o cancelación: Subdirección General de Sanidad Exterior y Veterinaria.

Fichero: Controles Higiénico-Sanitarios (SISAEX-II).

Usos y fines: Centralizar la información de los procedimientos de control higiénico sanitarios de los medios de transporte internacional y del tránsito internacional de cadáveres. Utilización de información con usos estadísticos e investigación sanitaria.

Persona y/o colectivos afectados: Traslado internacional de cadáveres y del desembarco de enfermos y fallecidos en medios de transporte internacional.

Procedimiento de recogida de datos: Formularios, personal propio del centro. Estructura básica: Base de Datos.

Datos de carácter personal incluidos en el fichero:

Datos desembarco de enfermos/cadáveres:

Nombre.

Nacionalidad.

Lugar de destino.

Diagnóstico/causa de fallecimiento.

Datos de traslado internacional de cadáveres:

Nombre.

Procedencia.

Destino.

Causa de defunción.

Cesiones previstas: A otros organismos sanitarios y organismos oficiales de estadística.

Órgano responsable del fichero: Dirección General de Salud Pública.

Unidad o Servicio ante el que se puede ejercitar el derecho de acceso, rectificación o cancelación: Subdirección General de Sanidad Exterior y Veterinaria.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 14/12/1999
  • Fecha de publicación: 20/01/2000
  • Fecha de entrada en vigor: 21/01/2000
Referencias anteriores
  • AMPLIA el anexo I de la Orden de 21 de julio de 1994 (Ref. BOE-A-1994-17552).
  • DE CONFORMIDAD con la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre (Ref. BOE-A-1992-24189).
Materias
  • Ficheros con datos personales
  • Ministerio de Sanidad y Consumo

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