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Desde la supresión en 1994 del Consulado General de España en Rotterdam, tanto las autoridades municipales como la Cámara de Comercio, el Consejo de Residentes del Sur de los Países Bajos y muchas asociaciones de españoles, han hecho llegar con frecuencia su interés en que se mantega la presencia institucional española en dicha ciudad, que tiene tanta tradición consular.
En su virtud, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por el Consulado General de España en Amsterdam y previo informe favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Consulares, he tenido a bien disponer:
Primero.-Se crea una Oficina Consular Honoraria en Rotterdam, con jurisdicción sobre las provincias de Holanda Meridional, Brabante del Norte y Zelandia, con categoría de Consulado Honorario y dependiente de la Embajada de España en Amsterdam.
Segundo.-El Jefe de la Oficina Consular Honoraria en Rotterdam tendrá, de conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre relaciones consulares de 24 de abril de 1963, categoría de Cónsul honorario.
Lo que comunico a VV. EE. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 12 de noviembre de 1997.
MATUTES JUAN
Excmos. Sres. Subsecretario, Secretario general de Política Exterior y para la Unión Europea y Embajador de España en La Haya.
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