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La creciente importancia que la ciudad de Peshawar y su región van a tomar en un futuro próximo como centro comercial y turístico, hacen aconsejable la creación de una Oficina Consular Honoraria en la ciudad de Peshawar.
En su virtud, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por el Embajador de España en Islamabad y previo informe favorable de la Dirección General de Asuntos Consulares, he tenido a bien disponer:
Primero.-Se crea una Oficina Consular Honoraria en Peshawar, dependiente de la Embajada de España en Islamabad cuya jurisdicción se extenderá a los límites de la Provincia Nord Occidental, las áreas tribales de administración federal, incluidas las regiones de Chitral, Swat y Gilgit.
Segundo.-El Jefe de la Oficina Consular Honoraria en Peshawar tendrá, de conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre relaciones consulares, de 24 de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario.
Lo que comunico a VV. EE., para su conocimiento y efectos.
Madrid, 6 de mayo de 1993.
SOLANA MADARIAGA
Excmos. Sres. Subsecretario, Secretario general de Política Exterior y Embajador de España en Islamabad.
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