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Documento BOE-A-1980-15621

Orden de 16 de julio de 1980 sobre la enseñanza de la Religión y Moral de diversas Iglesias, confesiones o comunidades en Bachillerato y Formación Profesional para el año académico 1980-81.

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 19 de julio de 1980, páginas 16455 a 16456 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-1980-15621
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1980/07/16/(3)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

El reconocimiento del derecho fundamental a la educación religiosa, proclamado en la Constitución, hace necesario que el sistema escolar esté en condiciones para proporcionar tal formación a los alumnos cuyos padres lo soliciten, de acuerdo con el principio de libertad religiosa. Sin perjuicio de que mediante los correspondientes Acuerdos o Convenios de cooperación, el Estado establezca con cada Iglesia, confesión o comunidad religiosa las normas específicas para la organización de la enseñanza de la Religión y la Moral de la respectiva confesión, resulta oportuno establecer unas normas ordenadoras de carácter general, que permitan aplicar en el ámbito educativo las disposiciones contenidas en la Constitución y en las normas orgánicas que la desarrollan.

En su virtud, este Ministerio, con carácter experimental y en orden a regular la enseñanza' de la Religión y Moral en Bachillerato y Formación Profesional durante el próximo año académico 1980-81, ha dispuesto:

Primero.

La enseñanza religiosa y moral se impartirá como materia ordinaria en los planes de estudio de Bachillerato y Formación Profesional de primer grado, así como en el curso de enseñanzas complementarias de acceso al segundo grado o en el primer curso del segundo grado por el régimen de Enseñanzas Especializadas.

Segundo.

La educación que se imparta en los Centros docentes de dichos niveles será, en cualquier caso, respetuosa con las creencias y valores religiosos de los alumnos. En consecuencia, todos los Profesores están obligados, en su tarea educativa, a respetar tales valores, así como la conciencia de los alumnos.

Tercero.

Los horarios destinados a estas enseñanzas serán dos horas semanales en cada curso, sin perjuicio de la normativa dictada en desarrollo de las modalidades previstas en el artículo 47 de la Ley General de Educación.

Cuarto.

Los contenidos y orientaciones pedagógicas para la enseñanza de la Religión y Moral serán elaborados por las respectivas Iglesias, confesiones y comunidades religiosas, teniendo en cuenta los objetivos específicos de cada nivel educativo y las directrices establecidas por el Ministerio de Educación.

Quinto.

Los libros de texto y el material didáctico impreso que se utilicen precisarán la autorización del Ministerio de Educación, previo dictamen favorable de la Iglesia, confesión o comunidad religiosa correspondiente.

Sexto.

La valoración del rendimiento académico de los alumnos y los efectos de la misma serán idénticos a los establecidos para las restantes materias del plan de estudios.

Séptimo.

De acuerdo con la aplicación del principio de libertad religiosa, los padres o tutores, o los propios alumnos si fueran mayores de edad, harán constar por escrito su decisión de que el alumno reciba enseñanza de Religión y Moral de una determinada Iglesia, confesión o comunidad religiosa o, en caso contrario, su deseo de recibir enseñanza de Etica y Moral no confesional.

Los Centros recabarán esta decisión cuando el alumno efectúe su inscripción por primera vez en el Centro, y será válida para todos los cursos de Bachillerato o Formación Profesional mientras permanezca en el mismo Centro, sin perjuicio del derecho a rectificar el sentido de la decisión al efectuar la matrícula para cada año académico.

Octavo.

Las enseñanzas de Etica y Moral no confesional serán establecidas en los Centros públicos y privados que no sean confesionalmente religiosos, siempre que lo solicite un número de alumnos no inferior a veinte por curso. Si este número fuera inferior, el Centro no vendrá obligado a impartir esta enseñanza y los alumnos serán declarados exentos.

Noveno.

La programación y evaluación de las enseñanzas de Etica y Moral no confesional estarán encomendadas al Seminario de Filosofía en los Centros de Bachillerato, y al departamento de Formación Humanística o, en su defecto, al profesorado de Humanidades en los Centros de Formación Profesional. Sus contenidos y orientaciones metodológicas serán los que figuran en el anexo de esta disposición.

Décimo.

En lo que se refiere a las enseñanzas de Religión y Moral, los representantes de las respectivas Iglesias, confesiones o comunidades religiosas propondrán al Ministerio de Educación, a comienzos de cada año escolar, los Profesores que hayan de impartir dicha enseñanza, en Bachillerato y Formación Profesional.

Undécimo.

Los Directores de los Centros privados no confesionales comunicarán a los representantes de las Iglesias, confesiones o comunidades religiosas correspondientes, a través de las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Educación, la relación de alumnos que hubiesen manifestado su decisión de recibir la enseñanza religiosa de acuerdo con las respectivas creencias.

Duodécimo.

En los casos en que los representantes de las Iglesias, confesiones o comunidades religiosas estimen procedente el cese de algún Profesor de los que hubieran propuesto, comunicarán su decisión, a los efectos oportunos, al Ministerio de Educación, si se trata de un Centro público, o al Director del Centro o Entidad titular del mismo, si se trata de Profesor de algún Centro privado. En cualquier caso efectuarán simultáneamente propuesta de un nuevo Profesor.

Decimotercero.

Queda autorizada la Dirección General de Enseñanzas Medias para adoptar las medidas oportunas con objeto de la puesta en práctica de las normas establecidas en los números anteriores, así como para la organización de las enseñanzas, atendiendo a las circunstancias, características y número de peticionarios de Religión y Moral en cada Iglesia, confesión o comunidad religiosa.

Cuando las circunstancias lo hagan conveniente se podrán organizar cursos de Religión y Moral a través del Instituto Nacional de Bachillerato a Distancia, con la colaboración de las Iglesias, confesiones o comunidades respectivas.

Decimocuarto.

Los representantes de las Iglesias, confesiones o comunidades religiosas, o las personas por ellos designadas, podrán ejercer la correspondiente inspección de las clases de Religión y Moral en el ámbito de sus competencias. Coordinarán su actuación con la Inspección de Bachillerato y la Coordinación de Formación Profesional con objeto de asegurar la debida ordenación de tales enseñanzas.

Decimoquinto.

La enseñanza religiosa y las actividades complementarias de formación y asistencia religiosa en los Centros privados confesionales se acomodarán a las directrices específicas que establezca la jerarquía o autoridad de la respectiva Iglesia confesión o comunidad religiosa, sin perjuicio del respeto debido a los principios de la Constitución y a las Leyes generales para el campo educativo.

Si se diera el caso de alumnos cuyos padres pidieran que sus hijos no reciban enseñanza religiosa, se atenderá adecuadamente en estos Centros a dichos alumnos.

Lo que comunico a V.I.

Madrid, 16 de julio de 1980.

OTERO NOVAS

Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.

ANEXO QUE SE CITA
Etica y Moral

Objetivos de formación

1. Que el alumno llegue a reconocer la especificidad y necesidad del comportamiento moral respecto a otras formas de la conducta humana. Tal comportamiento deberá entenderse referido a la persona como individuo y como miembro de la sociedad.

2. La moralidad deberá aparecer, entonces, como elemento que contribuye al desarrollo de la propia personalidad del alumno, de su autonomía moral, capacitándole y ejercitándole en el uso responsable de su libertad, en base a un código moral racionalmente aceptado y críticamente justificado frente a los demás.

3. La creación en el alumno de actitudes morales que suponen la sensibilización ante los aspectos éticos de la vida humana.

4. La constatación de la diversidad de códigos morales debe ser ocasión para formar en el alumno la comprensión y tolerancia, sin que constituyan en modo alguno obstáculos para la unidad social ni abdicación de sus propias convicciones.

5. Desarrollar en el alumno la capacidad de la argumentación moral y la aplicación de las pautas de comportamiento adaptadas a las situaciones concretas.

Contenidos

El temario propuesto a continuación se ordena a la luz de los siguientes criterios:

1. En la Etica se trata de esclarecer la esencia de la moralidad en su triple aspecto de conceptos, juicios y razonamientos éticos, sin justificar norma alguna. Los temas de moral, por el contrario, tratan de fundamentar un determinado código de conducta en la medida en que intenta justificar lo que se debe hacer. Por ello, se ofrece un programa que incluye Etica y Moral, articuladas mediante el tema de «La dignidad y el valor de la persona humana».

2. Por otra parte, la determinación de los temas de Moral propiamente dicha se ha establecido atendiendo a la consideración de la persona humana como sujeto individual de derechos y deberes, como miembro de una comunidad y, finalmente, como ciudadano, figurando así la Moral personal, la Moral comunitaria y la Moral social y política.

Primer curso

Etica y Moral personal

Tema 1. El hecho moral. Lo moral, dimensión de la estructura de la persona humana. La creación de actitudes morales.

Tema 2. Conceptos fundamentales de la moralidad: Norma, valor, obligación, conciencia, responsabilidad, voluntad, libertad, intención, felicidad, bien, etc.

Tema 3. El juicio y la argumentación morales.

Tema 4. La dignidad y el valor de la persona humana, como base ética común.

Tema 5. Moral de la persona. Problemas éticos en torno al derecho a la vida en su triple aspecto de: Orgánica, psíquica y moral. (Las mutilaciones, la tortura, las agresiones, el suicidio, el homicidio, la legítima defensa, la pena de muerte, el trasplante de órganos, la experimentación humana en medicina, el alcoholismo, las drogas, la educación, el tiempo libre y el deporte, la intimidad, la fama, la manipulación a, través de los medios de comunicación social y el derecho a la verdad, etc.)

Segundo curso

Moral comunitaria

Tema 1. La apertura de la persona a los demás. Comprensión, veracidad, diálogo y tolerancia, ayuda mutua, generosidad, solidaridad, amistad, el respeto a las convicciones religiosas, etc., como, elementos fundamentales de la convivencia humana.

Tema 2. Aspectos éticos de la sexualidad.

Tema 3. Matrimonio y familia. La transmisión de la vida y su plural problemática.

Tema 4. El conflicto generacional.

Tema 5. El medio ambiente: El hombre en la naturaleza. Moral y ecología.

Tercer curso

Moral social y política

Tema 1. Problemas éticos de la conviviencia social y política (individuo y sociedad; libertad y autoridad; moralidad y legalidad; unidad y pluralismo político).

Tema 2. Etica y política: Responsabilidades cívicas. La justicia social.

Tema 3. Función social de la propiedad; el respeto a la propiedad ajena.

Tema 4. Inadaptación social, contestación, delincuencia, sistema penal y reinserción social.

Tema 5. El trabajo como realización personal y contribución social. Etica profesional.

Tema 6. El respeto a los derechos humanos como fundamento de la convivencia y de la paz social.

Tema 7. Hacia una sociedad mundial: La convivencia internacional. Posibles vías para la resolución de los conflictos internacionales (el hambre en el mundo, desequilibrios económicos, imperialismo, etc.)

Metodología

La función educativa de la asignatura se concibe como un proceso abierto de metodología para aprender a plantearse problemas y decidir con el máximo de personalización, de responsabilidad y de libertad posibles.

Los temas de Etica son susceptibles de ser tratados por una doble vía: El Profesor puede optar por una exposición sistemática de los tres primeros temas mediante el método fenomenológico o bien puede, al tratar los temas de Moral, ascender inductivamente al esclarecimiento de los conceptos, juicios y razonamientos morales implicados en dichos temas.

El tema 4 del primer curso, «La dignidad y el valor de la persona humana», en el sentido de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, deberá ser considerado como el fundamento del tratamiento de los restantes temas, lo que permitirá el alcanzar una base ética común, susceptible de justificaciones filosóficas diferentes.

En los temas de contenido práctico, el método ha de ser fundamentalmente inductivo. Ha de partirse siempre de situaciones concretas, prefiriendo, en lo posible, las propias experiencias vividas por el alumno. La primera tarea ha de consistir en describir los hechos con la máxima objetividad posible. Descritos los hechos, detectar los elementos morales implicados (conceptos, juicios y razonamientos morales) y la problemática que plantean, analizar las posibles soluciones y fundamentarlas. En este momento hay que pasar a la norma de carácter general, haciendo ver al alumno que la solución de los casos concretos implica la aceptación de una norma o criterio general de conducta, basado, a su vez, en última instancia, sobre un concepto ideal del hombre, que presupone una cosmovisión. Aceptada la norma, el proceso inverso de descenso ha de consistir en aplicar la norma a los distintos casos posibles particulares.

En definitiva, el alumno ha de ser ayudado en su capacitación para tomar decisiones responsables, basadas en un código moral justificado racionalmente.

La especificación apuntada en algunos de los temas del cuestionario (como el tema 5 del primer curso, el tema 1 del segundo curso y el tema 7 del tercer curso) no se ofrece con la exigencia del tratamiento de todas y cada una de las cuestiones que se apuntan, sino en cuanto que a partir de algunas de ellas pueda llevarse a cabo la elucidación del tema general al que pertenecen.

El corto número de temas que se propone para cada uno de los cursos posibilita la utilización de métodos preferentemente activos en su tratamiento, debiéndose procurar la máxima participación posible por parte del alumnado. Así, la recogida de datos o hechos concretos, punto de partida para el tratamiento de algunos temas, y el descubrimiento de la problemática moral en ellos implicada, puede realizarse mediante la lectura de textos literarios, prensa, películas, radio, televisión, problemas de la clase, etc., bien individualmente o por equipos, debiendo procurarse su puesta en común mediante diálogos, debates, informes, etc.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 16/07/1980
  • Fecha de publicación: 19/07/1980
Referencias anteriores
Materias
  • Bachillerato
  • Centros de enseñanza
  • Enseñanza de Formación Profesional
  • Enseñanza Religiosa
  • Profesorado

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