Contenu non disponible en français
Ilustrísimos señores:
El artículo 9.º del Real Decreto 107/1980, de 18 de enero, establece que la cotización de las Empresas excluidas de alguna contingencia se determinará mediante la aplicación de los coeficientes que fije el Ministerio de Sanidad y Seguridad Social.
Por su parte, el Real Decreto 1245/1979, de 25 de mayo, por el que la Tesorería General asume la recaudación de las cuotas de la Seguridad Social, fija las directrices a que ha de sujetarse dicha cotización en el caso de las Empresas señaladas.
En su virtud, este Ministerio, a propuesta de la Dirección General de Régimen Económico de la Seguridad Social, dispone:
1. Los coeficientes reductores a aplicar a las cuotas devengadas, a partir de 1 de enero de 1980, por las Empresas excluidas de las contingencias que a continuación se enumeran, para determinar la cantidad a deducir de su cotización, serán los siguientes:
Empresa | Trabajador | Total | ||
---|---|---|---|---|
a) | Protección a la Familia. | 0,0153 | 0,0027 | 0,018 |
b) | Invalidez Permanente y Muerte y Supervivencia derivadas, de enfermedad común y accidente no laboral y Jubilación. | 0,3383 | 0,0597 | 0,398 |
c) | Incapacidad Laboral Transitoria derivada de enfermedad común o accidente no laboral. | 0,0501 | 0,0089 | 0,059 |
d) | Invalidez Provisional derivada de enfermedad común, o accidente no laboral. | 0,0093 | 0,0017 | 0,011 |
2. El importe a deducir, por exclusiones, se determinará multiplicando los anteriores coeficientes, o suma de los mismos, en su caso, por la cuota íntegra resultante de aplicar el tipo único vigente a las correspondientes bases de cotización.
Se faculta a la Dirección General de Régimen Económico de la Seguridad Social para resolver cuantas cuestiones de carácter general se planteen en la aplicación de la, presente Orden.
Lo digo a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a VV. II.
Madrid, 21 de febrero de 1980.
ROVIRA TARAZONA
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Directores generales de Régimen Económico y de Régimen Jurídico de la Seguridad Social.
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid