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Ilustrísimos señores:
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 20 del Real Decreto 2695/1977, de 28 de octubre, sobre normativa en materia de precios, y previo informe de la Junta Superior de Precios y aprobación de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, este Ministerio ha tenido a bien disponer:
Se excluyen de la relación de precios comunicados, siéndoles aplicable lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 2695/1977, de 28 de octubre, los siguientes productos:
– Cinc.
– Cobre.
– Estaño.
La presente disposición entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a VV. II.
Dios guarde a VV. II.
Madrid, 15 de octubre de 1979.
GARCIA DIEZ
Ilmos, Sres. Subsecretario de Comercio y Subsecretario de Mercado Interior.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid