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De conformidad con lo establecido en el artículo 49, párrafo 2, del Convenio Internacional del Aceite de Oliva 1979, hecho en Ginebra el 30 de marzo de 1979 y publicado en el <Boletín Oficial del Estado> número 139, de 10 de junio de 1980, el Consejo Oleícola Internacional, en la reunión extraordinaria celebrada en Madrid los días 12 y 13 de julio de 1984, acordó -por decisión unánime de sus miembros- prorrogar por un año el citado Convenio.
En virtud de la referida decisión, el actual Convenio permanecerá en vigor hasta el 31 de diciembre de 1985.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 18 de septiembre de 1984.- El Secretario general Técnico, Fernando Perpiña-Robert Peyra.
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