De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la Isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (la "LME"), se hace público que, en fecha 28 de enero de 2026, los socios de la sociedad ELECTRO AVILÉS, S.L., en el ejercicio de las competencias atribuidas a los socios, han aprobado la fusión por absorción de BALADRÓN NOROESTE, S.L., Sociedad Unipersonal (Sociedad Absorbida) a favor de ELECTRO AVILÉS, S.L. (Sociedad Absorbente), siendo de aplicación el régimen simplificado previsto en la LME, con las especialidades previstas en los artículos 9 y 53 de la LME.
Por medio de la referida operación de fusión por absorción, la Sociedad Absorbida, BALADRÓN NOROESTE, S.L. Sociedad Unipersonal, se extinguirá, mediante su disolución sin liquidación, produciéndose la transmisión en bloque y por sucesión universal de su patrimonio a favor de ELECTRO AVILÉS, S.L. (Sociedad Absorbente).
La fusión se realizará en los términos y condiciones previstos en el Proyecto Común de Fusión suscrito por los Administradores Solidarios de ambas sociedades en fecha 28 de enero de 2026, utilizando como balances de fusión los balances cerrados y auditados a 30 de septiembre de 2025 de ELECTRO AVILÉS, S.L., y cerrado a 31 de diciembre de 2025 sin auditoría de BALADRÓN NOROESTE, S.L.U.
Se deja constancia que, al tratarse de una fusión de sociedad integramente participada, en aplicación de lo establecido en los artículos 9 y 53 de la LME, no ha sido necesario informe de los administradores ni anuncio de convocatoria de la Junta por la que se acordó la fusión, ni tampoco la previa publicación o depósito de los documentos exigidos en la ley.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 de la LME se hace público el presente anuncio de fusión, haciendo constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión aprobados.
Avilés, 29 de enero de 2026.- Administrador solidario, D. César González Carballedo.
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