En cumplimiento del artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante, «RDLME»), se hace constar que el Socio Único de DEKA IMMOBILIEN INVESTMENT GmbH (la "Sociedad Absorbente") y el Socio Único de la sociedad DEKA IMMOBILIEN CRISTALIA, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida"), asumiendo las competencias de la Junta General, han aprobado, con fecha 20 de enero de 2026, la fusión transfronteriza intracomunitaria entre ambas (la "Fusión").
La fusión implica la extinción, vía disolución sin liquidación, de la Sociedad Absorbida y la transmisión de la totalidad de su patrimonio social a favor de la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal, la totalidad del patrimonio, así como los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida.
Los acuerdos de fusión han sido adoptados conforme al proyecto común de fusión de fecha 30 de septiembre de 2025 (el "Proyecto de Fusión"), elaborado y suscrito por los órganos de administración de las dos sociedades intervinientes en la Fusión.
Se deja constancia expresa de que la Fusión se ha llevado a cabo de conformidad con el procedimiento simplificado previsto en el artículo 53 del RDLME, dado que la Sociedad Absorbida está íntegramente participada por la Sociedad Absorbente.
Por último, y de conformidad con los artículos 10 y 13 del RDLME, se hace constar: (i) el derecho que asiste a los socios y a todos los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y de los respectivos balances de fusión y (ii) el derecho de oposición a la fusión que asiste a los acreedores de las dos sociedades intervinientes en la Fusión, en el plazo de tres meses siguientes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.
Madrid, 21 de enero de 2026.- El Presidente del Consejo de Administración de Deka Immobilien Cristalia, S.L.U, D. Víctor Andrés Sanfrutos Cañizares.
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