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Documento BOE-A-2018-17745

Orden HAC/1395/2018, de 12 de diciembre, sobre delegación de la gestión censal del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 26 de diciembre de 2018, páginas 127229 a 127230 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2018-17745
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2018/12/12/hac1395

TEXTO ORIGINAL

El artículo 91 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, prevé que las competencias en materia de gestión censal de las cuotas municipales del Impuesto sobre Actividades Económicas, atribuidas a la Administración Tributaria del Estado, puedan ser delegadas en otras entidades.

Esta delegación de competencias está regulada en el Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal de dicho impuesto. En sus artículos 20 a 24 establece el procedimiento para la solicitud y concesión de la delegación, los requisitos que deben cumplir las entidades solicitantes y el alcance de la delegación, así como el procedimiento para la renuncia expresa y la revocación de la misma.

Según el artículo 20, las solicitudes de delegación deben formularse antes del 1 de octubre del año anterior a aquel en el que hayan de surtir efecto y, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21, la concesión de la misma se hará mediante Orden del Ministro de Hacienda, en la actualidad Ministra de Hacienda, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» antes del inicio del año natural en el que la delegación vaya a hacerse efectiva.

De acuerdo con el artículo 24, la renuncia expresa de la entidad delegada a la gestión censal del impuesto ha de formularse antes del 1 de octubre del año anterior a aquel objeto de la misma, y debe publicarse por Orden del Ministro de Hacienda, en la actualidad Ministra de Hacienda, en el «Boletín Oficial del Estado» antes del inicio del año en el que haya de surtir efecto. También en este artículo se fijan las condiciones y el procedimiento para revocar dichas delegaciones y establece que deben ser igualmente aprobadas por Orden del Ministro de Hacienda, en la actualidad Ministra de Hacienda.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Delegación de la gestión censal a una Diputación.

Se concede la delegación de la gestión censal de las cuotas municipales del Impuesto sobre Actividades Económicas a la Diputación de Barcelona para el Ayuntamiento de Montcada i Reixac, en las condiciones establecidas en el Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal de dicho impuesto.

Artículo 2. Renuncia a la delegación de la gestión censal a una Diputación.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24.1.a) del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, se hace pública la renuncia a la delegación concedida a la Diputación Provincial de Almería para el Ayuntamiento de Cantoria.

Artículo 3. Denegar la solicitud de un Ayuntamiento a la delegación de la gestión censal.

Se deniega la delegación de la gestión censal del Impuesto sobre Actividades Económicas al Ayuntamiento de Inca por incumplir el requisito dispuesto en el artículo 22.1.a) del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día 1 de enero de 2019.

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación.

Madrid, 12 de diciembre de 2018.–La Ministra de Hacienda, María Jesús Montero Cuadrado.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 12/12/2018
  • Fecha de publicación: 26/12/2018
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/2019
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 91 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (Ref. BOE-A-2004-4214).
    • el Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero (Ref. BOE-A-1995-5917).
Materias
  • Almería
  • Barcelona
  • Delegación de atribuciones
  • Diputaciones Provinciales
  • Impuesto sobre Actividades Económicas
  • Ministerio de Hacienda

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