Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Granada. Plaza nº 2
Dirección: Avenida DEL SUR 3 Granada
Localidad: Granada
Código Postal: 18014
Provincia: Granada
Teléfono: 958209026
Correo electrónico: Sec.Mercantil.PlazaN2.TI.granada.JUS@juntadeandalucia.es
Concursal
Número: 713/2026
NIG: 1808742120260017542
Auto
Fecha: 14/09/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
CENTRAL SPORT TOTAL RETAIL SL - Nº ****6168*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).
E D I C T O
Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Granada. Plaza nº 2 en cumplimiento de lo dispuesto en los arts. 552. 553 y 554 del Texto Refundido de la Ley Concursal,
A N U N C I A
1.- Que en el procedimiento de Concurso Voluntario nº 713/26 con NIG 1808742120260017542 por auto de fecha 14/09/2026 se ha declarado en concurso, con el carácter de CONCURSO VOLUNTARIO, al deudor CENTRAL SPORT TOTAL RETAIL SL con CIFnº ,B-19561687, y domicilio y centro de intereses principalese en C/ TEJEDORES, NUM 13, EDIFICIO EVA 3º-A (18600) DE MOTRIL ( GRANADA).
2.- De acuerdo con la documentación aportada por la deudora concurre el siguiente pasivo: 847.203,89 €
3.- - Por el presente edicto se efectúa llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto en el suplemento del tablón edictal judicial único del «Boletín Oficial del Estado» y en el Registro público concursal (www.publicidadconcursal.es), puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los siguientes extremos:
1.º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.
2.º Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona jurídica concursada, o contra la persona natural designada por la persona jurídica administradora para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados.
3.º Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable.
5. Se advierte al acreedor o acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo y que, dentro de plazo, formulen solicitud de nombramiento de administrador concursal para que emita el informe a que se refiere el artículo 37 ter, que la retribución del administrador nombrado por la emisión del informe encomendado, corresponderá al acreedor o acreedores que lo hubieran solicitado, (art. 37 quater).
5. En el caso de que, dentro de plazo, ningún legitimado hubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho.
En Granada, en el día de la firma.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
Granada, 24 de septiembre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PIEDAD LLOR MADRID
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid