Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Granada. Plaza nº 2
Dirección: Avenida DEL SUR 3 Granada
Localidad: Granada
Código Postal: 18014
Provincia: Granada
Teléfono: 958209026
Correo electrónico: Sec.Mercantil.PlazaN2.TI.granada.JUS@juntadeandalucia.es
Concursal
Número: 392/2025
NIG: 1808742120250013473
Auto
Fecha: 10/09/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
PABLO JAIME BONILLA - NIF/NIE: ***9492**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).
EDICTO
Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Piedad Llor Madrid
LA PLAZA Nº 2 DE LA SECCIÓN MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA de GRANADA
ANUNCIA
Que en la Sección 5ª del procedimiento CONCURSO VOLUNTARIO nº 392/2025, con NIG 1808742120250013473, relativo al concursado PABLO JAIME BONILLA, con DNI 53694920V , se ha dictado Auto de fecha 10/09/2026 aprobando como reglas especiales de liquidación a las que deberán de atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa del concursado, las reglas especiales de los Juzgados de Lo Mercantil de Andalucía que fueron aprobadas en las Jornadas celebradas los días 15 y 16 de mayo de 2025 en el Encuentro de la Jurísdicción Mercantil en el marco del Plan de Formación Descentralizada del CGPJ.
Las referidas REGLAS ESPECIALES podrán ser consultadas en el EDICTO publicado en el día de la fecha en el Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es en el marco del procedimiento concursal de PABLO JAIME BONILLA.
En GRANADA a la fecha de la firma.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
BOE- TEJU
En Granada, en el día de la firma.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
Granada, 24 de septiembre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PIEDAD LLOR MADRID
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid