Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Jaén. Plaza nº 1
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Concursal
Número: 258/2013
Diligencia
Fecha: 08/07/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
MARIA CAÑADA PESTAÑA - NIF/NIE: ***4331**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
ILIGENCIA DE ORDENACIÓN
Letrado de la Administración de Justicia: D. Manuel Gabriel Blanca Buendia
En Jaén, a ocho de julio de dos mil veintiséis.
El anterior escrito únase a los autos de su razón entregándose la copia simple a la parte adversa.
De conformidad con lo solicitado, póngase al ejecutante en posesión del siguiente inmueble: la cochera marcada con el nº 14 de la Calle Isabel La Católica de Torredelcampo
Interésese del SCACE el señalamiento de día y hora, únase vez firme la presente resolución
Líbrese al efecto el correspondiente exhorto al JUZGADO DE TORREDELCAMPO, para la notificación de la presente a Dña Maria Castaña Pestaña
MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de REPOSICIÓN ante el Letrado de la Administración de Justicia, mediante escrito presentado en la oficina judicial en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículos 451 y 452 de la LEC).
La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 451.3 de la LEC).
Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la cuenta de depósitos y consignaciones que este órgano judicial tiene abierta en el con el número , indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un “Recurso” código 00-Reposición. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15.ª de la LOPJ).
Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.
Lo acuerdo y firmo. Doy fe
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
Jaén, 24 de septiembre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MANUEL GABRIEL BLANCA BUENDIA
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