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Documento BOE-J-2026-177093

GRANADA. Edicto de 24 de marzo de 2026 en procedimiento concursal número 136/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 76, de 27 de marzo de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2026-177093

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Granada. Plaza nº 1

Dirección: Avenida DEL SUR 3

Localidad: Granada

Código Postal: 18014

Provincia: Granada

Teléfono: 958058997

Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.1.Granada.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 136/2026

NIG: 1808742120260004085

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 23/03/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

"acreedores del deudor"

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

PIEDAD LLOR MADRID, LETRADA DE LA ADMINISTRAIÓN DE JUSTICIA, DE LA SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE GRANADA. PLAZA Nº 1 , EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 37 Ter DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY CONCURSAL,

A N U N C I A

Que en el procedimiento: Concurso Ordinario número 136/2026, NIG 180874212026004085, se ha declarado en concurso VOLUNTARIO y SIN MASA al deudor SALVADOR MATEO YEBRA con NIF nº 51898384B, por auto de fecha 23 de marzo de 2026, cuya parte dispositiva dice literalmente:

PARTE DISPOSITIVA

1.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer de la declaración y trámite del concurso solicitado por el Procurador de los Tribunales MARCO ANTONIO LOPEZ DE RODAS GREGORIO, obrando en nombre y representación de SALVADOR MATEO YEBRA. Incoándose el procedimiento de que es objeto, se tendrá por parte a dicho Procurador en la referida representación que acredita, entendiéndose con él las sucesivas notificaciones y diligencias en la forma establecida en la ley.

2.- Se declara en concurso de acreedores a SALVADOR MATEO YEBRA, con DNI nº 51898384B, que tendrá el carácter de CONCURSO VOLUNTARIO y SIN MASA.

3.- El pasivo correspondiente al concursado SALVADOR MATEO YEBRA asciende, según la documental aportada, a los 41.057,14 €.

4.- Remítase telemáticamente un edicto de la presente resolución al BOE, para su publicación en el suplemento del tablón edictal judicial único. Asimismo, publíquese en el Registro Público Concursal.

5.-    Por este acto, se llama a los acreedores del concursado, SALVADOR MATEO YEBRA, que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo antes referido a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los siguientes extremos:

1.º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.

2.º Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona jurídica concursada, o contra la persona natural designada por la persona jurídica administradora para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados.

3.º Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición, que podrá interponerse ante este mismo Juzgado en el plazo de 5 días a contar desde el día siguiente al de su notificación. El recurrente deberá constituir y acreditar al tiempo de la preparación del recurso un DEPÓSITO para recurrir de 25 EUROS, mediante su ingreso en la Cuenta de Consignaciones procedente, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente; sin cuyos requisitos NO SE ADMITIRÁ A TRÁMITE el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

EL/LA    MAGISTRADO/JUEZ EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

En GRANADA a 23 de marzo de 2026

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Granada, 24 de marzo de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PIEDAD LLOR MADRID

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