Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Granada
Dirección: Avenida DEL SUR 3
Localidad: Granada
Código Postal: 18014
Provincia: Granada
Teléfono: 958209026
Civil
Número: 2/2025
NIG: 1808742120220033400
Auto
Fecha: 29/01/2025
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
SABIKA CONSLUTING SLU - NIF/NIE: ****7554
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https:// sede.justicia.juntadeandalucia.es/).
Edicto
cédula de notificación
En los autos de Ejecución de Título Judicial nº 2/2025, sequidos a instancia de TRIBECA TURISTICA, S.L., frente a SABIKA CONSULTING, SLU., se ha dictado en fecha 29/01/2025 auto despachando ejecución del tenor literal siguiente:
"AUTO
Juez: D. Victor Moreno Velasco
En Granada, a veintinueve de enero de dos mil veinticinco.
ANTECEDENTES DE HECHO
Único.- Por el procurador JOSEFA HIDALGO OSUNA en representación de TRIBECA TURISTICA SL se ha presentado escrito solicitando despacho de ejecución frente a SABIKA CONSULTING SLU con fundamento en la siguiente resolución procesal:
Clase y fecha de la resolución: sentencia nº 40/2024 de fecha 17/04/2024
Juicio en el que ha sido dictada: Procedimiento Ordinario 831/2022
Cantidad objeto de la condena: 34.603,82 euros
Cantidad reclamada: 10.000 euros
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- El título presentado lleva aparejada ejecución conforme a lo establecido en el número del artículo 517.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), siendo la cantidad reclamada determinada y líquida.
Segundo.- El escrito reúne los requisitos del artículo 549.2 cumple, así mismo, con los presupuestos procesales exigidos en el artículo 551 de la misma ley, y los actos de ejecución que se solicitan son conformes con la naturaleza y contenido del título, por lo que como dispone el precepto últimamente citado, procede dictar auto conteniendo orden general de ejecución y despacho de la misma, con el contenido expresado en el apartado 2 del artículo 551.
En cuanto a los intereses y costas, lo reclamado no excede del límite establecido en el artículo 575.1.
PARTE DISPOSITIVA
1.- Se dicta orden general de ejecución y se despacha la misma a favor de TRIBECA TURISTICA SL, parte ejecutante, contra SABIKA CONSULTING SLU, parte ejecutada.
2.- La ejecución se despacha por la cantidad de 34.603,82 euros de principal, más otros 10.000 euros calculados para intereses y euros de costas, sin perjuicio de su ulterior liquidación.
3.- Notifíquese esta resolución en la forma prevista en el artículo 553 de la LEC.
Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno (artículo 551. 4 LEC), sin perjuicio de que el/los deudor/res pueda/n oponerse a la ejecución despachada dentro de los diez días siguientes a la notificación de este auto.
Lo acuerda y firma S. S. Doy fe."
Y encontrándose la ejecutada SABIKA CONSULTING, SLU, CIF nº B19675545 , en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma a la misma .
Granada, 20 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA PILAR RAYA GARCIA
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid