Contingut no disponible en català
Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Jaén
Dirección: Calle ARQUITECTO BERGES 16
Localidad: Jaén
Código Postal: 23007
Provincia: Jaén
Concursal
Número: 240/2023
Auto
Fecha: 12/12/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Acreedores del concurso de Juan Francisco Delgado Yera y Maria Lourdes Ramirez Rios.
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 482 del Texto Refundido de la Ley Concursal,
Anuncia
1º.- Que en el procedimiento concursal voluntario ordinario número 240/2023, por auto de fecha 12 de diciembre de 2024 se ha declarado la conclusión del concurso de acreedores del deudor Juan Francisco Delgado Yera y Maria Lourdes Ramirez Rios.
2º.- Se aprueban las cuentas presentadas por la administración concursal. Se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. Igualmente se acuerda el cese de la Administración concursal.
3º.- Se reconoce a Juan Francisco Delgado Yera y Maria Lourdes Ramirez Rios su derecho a la exoneración del pasivo insatisfecho.
La exoneración será DEFINITIVA y alcanza a la totalidad de las deudas insatisfechas hasta el dictado de la presente resolución, hayan sido o no comunicadas, con los límites establecidos en el en el artículo 489 TRLC, es decir, salvo los que tengan la consideración de créditos no exonerables.
En su caso, en cuanto al crédito público regirá la limitación establecida en el art 489.1.5º de la Ley 16/2022 de 5 de septiembre de 2022 de reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal.
El pasivo no satisfecho objeto de exoneración se debe considerar extinguido, sin perjuicio del régimen de revocación previsto en el art. 493 TRLC. De igual forma, esta resolución conlleva los efectos prevenidos en los art. 490 a 494 TRLC, en su redacción dada por la Ley 16/2022
Lo acuerdo y firmo. Doy fe
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Jaén, 19 de diciembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MANUEL GABRIEL BLANCA BUENDIA
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid