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Documento BOE-J-2023-72511

ALMERÍA. Edicto de 23 de febrero de 2023 en procedimiento concursal número 255/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 50, de 28 de febrero de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALMERÍA
Referencia:
BOE-J-2023-72511

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Almería

Dirección: Carretera RONDA (DE) 120 (Ciudad de la Justicia)

Localidad: Almería

Código Postal: 04005

Provincia: Almería

Teléfono: 660894612

Correo electrónico: jmercantil.2.almeria.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 255/2022

NIG: 0401342120220018047

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 01/02/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Cualquier acreedor o posible interesado

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE ALMERIA , EN CUMPLIMIENTO DE

LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 35 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY

CONCURSAL

A N U N C I A

1º.- Que en el procedimiento número 255/2022, con NIG 0401342120220018047 por auto de 1 de febrero de 2023 se ha declarado en concurso CONCURSO DE ACREEDORES SIN MASA de D. NICOLAS BARRANCO LOPEZ con Documento Nacional de Identidad 27.535.425-D con domicilio en Vícar, sito en la C/Carretas nº 12,-04738-, Almería,

2.- El presente concurso tiene carácter NECESARIO.

3.- La cifra del pasivo del concursado es de 11.667,21 euros.

4.- Publíquese la presente resolución en la forma prevista por el articulo 37 Ter del TRLC y a tal fin, se ordena la remisión telemática al Boletín Oficial del Estado para su publicación en el suplemento del tablón edictal judicial único y la publicación en el Registro Publico Concursal con LLAMAMIENTO al acreedor o acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal a fin de que emita informe razonado y documentado sobre los extremos indicados en el articulo 37 Ter.1 del TRLC, a saber:

1.º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.

2.º Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona jurídica concursada, o contra la persona natural designada por la persona jurídica administradora para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados.

3.º Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable”

5. Se hace saber al deudor que en el caso de que, dentro de plazo, ningún legitimado hubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho.

6.- Conforme a lo previsto en el art. 45 TRLC se hace constar que la direccion

electronica del Registro Publico Concursal en el que se publicaran las resoluciones

quetraigan causa del concurso es www.publicidadconcursal.es.

En ALMERIA a trece de febrero de dos mil veintitrés

Almería, 23 de febrero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALEJANDRO ASENSIO MUÑOZ

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