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Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Salamanca
Dirección: Plaza COLON 8
Localidad: Salamanca
Código Postal: 37001
Provincia: Salamanca
Teléfono: 923284690
Civil
Número: 235/2020
NIG: 3727442120200002210
Diligencia
Fecha: 28/07/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
BERNARDO LOPEZ SANCHEZ - NIF/NIE: ***3908*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
TASACIÓN DE COSTASTasación de costas que practica el/la Letrado de laAdministración de Justicia, JESUS JAVIER IGLESIAS MARTIN, delJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA.N.4, en el procedimiento MEDIDASCAUTELARES 0000235 /2020 0001, seguido a instancia deALEJANDRO VIVAS MATEOS, frente a BERNARDO LOPEZ SANCHEZ, JOSEMARIA LOPEZ SANCHEZ .
La presente tasación de costas asciende (SEUO) a la cantidadde ,.MIL CIENTO CUARENTA Y TRES EUROS CON SESENTA Y UN CENTIMOS 1143,61 eurosEn SALAMANCA, a veintiocho de julio de dos mil veintidós.EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
DILIGENCIA DE ORDENACIÓNSr. Letrado de la Administración de JusticiaD. JESUS JAVIER IGLESIAS MARTINEn SALAMANCA, a veintiocho de julio de dos mil veintidós.Practicada en estos autos la tasación de costas, y de acuerdocon lo dispuesto en el artículo 244 de la L.E.C., acuerdo:1.- Dar traslado a las partes por plazo común de DIEZ DÍAS,con la advertencia de que ya no se admitirá la inclusión oadición de partida alguna, reservando a los interesados suderecho para reclamarlo de quien y como corresponda.2.- Informar a las partes de que dentro del plazo señalado,puede impugnarse la tasación practicada, con las advertenciassiguientes:1ª) Por la parte condenada, basada en la inclusión departidas, derechos o gastos indebidos, pero en cuanto a loshonorarios de los abogados, peritos o profesionales no sujetosa arancel, también podrá impugnarse la tasación alegando queel importe de dichos honorarios es excesivo (artículo 245.2 dela L.E.C.).2ª) La parte favorecida, podrá impugnar la tasación por nohaberse incluido gastos que estime debidamente justificados yreclamados. También podrá fundar su reclamación en no haberseincluido la totalidad de la minuta de honorarios de suabogado, o de perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel o no haberse incluido correctamente los derechos de suprocurador (artículo 245.3 de la L.E.C.).3ª) En todo caso, en el escrito de impugnación habrán demencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas aque se refiera la discrepancia y las razones de ésta. En otrocaso, no se admitirá a trámite la impugnación (artículo 245.4de la L.E.C.).MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabeinterponer recurso de reposición en el plazo de cinco días,desde el día siguiente al de su notificación, ante el Letradode la Administración de Justicia que la dicta. Debiendoexpresar en el mismo la infracción en que la resoluciónhubiera incurrido a juicio del recurrente (arts. 451 y 452LEC).Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Salamanca, 15 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JESUS JAVIER IGLESIAS MARTIN
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