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Documento BOE-J-2022-527966

ALICANTE/ALACANT. Edicto de 28 de noviembre de 2022 en procedimiento concursal número 409/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 289, de 2 de diciembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALICANTE/ALACANT
Referencia:
BOE-J-2022-527966

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Alicante

Dirección: Avenida AGUILERA 53

Localidad: Alicante/Alacant

Código Postal: 03007

Provincia: Alicante/Alacant

Teléfono: 965936141

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 409/2022

NIG: 0301466120220001540

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 21/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de Sebastián Barrena Ramos

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

"...2.- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, al deudor SEBASTIAN BARRENA RAMOS con número de NIF NUMERO 44.358.309-A y domicilio en AVDA. RIO TORRES, 32- VILLAJOYOSA.

3. El deudor SEBASTIAN BARRENA RAMOS queda suspendido en las facultades de administración y disposición sobre los bienes y derechos que integran la masa activa, con todos los efectos establecidos para la suspensión en el título III del libro primero

4.- Se nombra administradora del concurso, con las facultades expresadas en el pronunciamiento anterior, a MARIA AZUCENA ORTIN CAMPILLO, LETRADA,email: mariaortin@icae.es que reúne los requisitos del artículo 27 LC...

5.- Llámense a los acreedores del deudor para que comuniquen en la forma establecida en los artículos 255 y siguientes del TRLC a la administración concursal la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde la última publicación de los anuncios de la declaración del concurso, que se publicarán en Tablón Edictal Judicial Único y en el Registro Público Concursal. La comunicación de créditos deberá realizarse aportando copia documental para la administración concursal bajo apercibimiento de no ser reconocido el crédito o de su posibilidad de clasificarlo conforme a lo previsto en el artículo 281.1.º del TRLC...

8.- Los legitimados conforme al TRLC para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado..."

Alicante/Alacant, 28 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA CARMEN CASTILLO ALIAGA

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