Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Alicante
Dirección: Avenida AGUILERA 53
Localidad: Alicante/Alacant
Código Postal: 03007
Provincia: Alicante/Alacant
Teléfono: 965936141
Concursal
Número: 545/2021
NIG: 0301466120210001571
Sentencia
Fecha: 22/11/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Concurso Desguace Elostion S.L.
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
DOÑA CARMEN CASTILLO ALIAGA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Alicante, por el presente
HAGO SABER: Que en el procedimiento arriba referido, el día de la fecha, se ha dictado SENTENCIA cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"FALLO
La aprobación del convenio de acreedores de DESGUACE ELOSTION S.L. sometido a votación el 5 de octubre de 2022, que se transcribe al fina de esta resolución, adquiriendo plena eficacia en los términos legales desde la fecha de su aprobación, cesando los efectos de la declaración de concurso y cesando los administradores excepto en las labores derivadas de la sección de calificación. La administración concursal rendirá cuentas de su actuación en el plazo de un mes ante la Juez del concurso.
Debe formarse la sección sexta o de calificación, que se encabezará con testimonio de la solicitud de concurso, de los documentos acompañados con la solicitud y los requeridos con posterioridad, con testimonio del auto de declaración de concurso y testimonio de esta sentencia, se abre el plazo de 10 días para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legitimo pueda personarse alegando por escrito cuarto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
La sentencia que apruebe el convenio debe de ser publicada en la forma prevista en el libro primero, título I, capítulo V, sección 3ª, por lo que una vez firme la presente, expídanse los despachos necesarios.
No hay condena en costas.
MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de apelación, que se interpondrá ante el Tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente de la notificación de aquélla"...
En Alicante, a veintidós de noviembre de dos mil veintidós.
LA LETRADA DE LA ADMÓN DE JUSTICIA
Alicante/Alacant, 28 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA CARMEN CASTILLO ALIAGA
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