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Documento BOE-J-2022-483706

PALMA. Edicto de 7 de noviembre de 2022 en procedimiento concursal número 759/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 271, de 11 de noviembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ILLES BALEARS
Referencia:
BOE-J-2022-483706

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Palma

Dirección: Calle BALLESTER 20

Localidad: Palma

Código Postal: 07002

Provincia: Illes Balears

Teléfono: 971219412

Correo electrónico: mercantil1.palmademallorca@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 759/2022

NIG: 0704047120220001902

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 20/09/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 759/2022 y NIG 07040 47 1 2022 0001902 se ha dictado en fecha 20.09.22 Auto de declaración de concurso consecutivo del deudor D. Carlos Fullana Coll, con DNI núm. 4x7x8x3x-G, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la calle Reverendo Padre Huguet, núm. 21 de Ferrerias (Illes Balears)

2º.- Se ha acordado la suspensión por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

3º.- Que se ha nombrado administrador de dicho concurso a D. Jose Caldentey Aguilo, con DNI 34065992W, y domicilio Avenida Alemania, número 15, esc. B, 8º, 07003, Palma.

4º.- Se tiene por presentado el Plan de Liquidación. Póngase de manifiesto en la oficina judicial

Durante los quince días siguientes a la fecha en que haya quedado de manifiesto en la oficina judicial el plan de liquidación, el concursado, los acreedores concursales y, si existieran, los representantes de los trabajadores podrán formular observaciones y propuestas de modificación.

Dentro del plazo para formular observaciones o propuestas de modificación del plan de liquidación, el concursado y los acreedores podrán formular también observaciones sobre la concurrencia de los requisitos exigidos para acordar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho si el concursado fuera persona natural.

h) Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe al que refiere el título VI del libro I del texto refundido, al que se dará la publicidad prevista en el art. 294 TRLC. En tal sentido, la administración concursal comunicará telemáticamente el informe a los acreedores de cuya dirección electrónica se tenga conocimiento.

Dentro del plazo de diez días las partes personadas en el concurso consecutivo de acreedores podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores.

El plazo para impugnar para quienes hubieran recibido la notificación del juzgado de la presentación del informe se contará desde la recepción de esa notificación. Para los demás legitimados interesados el plazo de diez días se computará desde la última publicación de entre las establecidas por la ley.

Al día siguiente de la finalización del plazo para impugnación de la lista de acreedores a que se refiere el art. 713 TRLC, la administración concursal deberá presentar, si no hay impugnaciones, un escrito que contendrá los textos definitivos y la solicitud de conclusión del concurso al amparo de los arts. 465.5º TRLC o 473 TRLC, según se hayan satisfecho o no los créditos contra la masa, en ambos casos con rendición de cuentas. Junto a dicho escrito deberá presentar en formato electrónico listado de los créditos que no hayan sido satisfechos y a los que alcanzaría, en su caso, la exoneración.

De conformidad con el artículo 489.1 TRLC, “el deudor deberá presentar ante el juez del concurso la solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho dentro del plazo de audiencia concedido a las partes para formular oposición a la solicitud de conclusión del concurso.

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Palma, 7 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ARANZAZU GALARRAGA ZAMORA

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