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Documento BOE-J-2022-483705

PALMA. Edicto de 7 de noviembre de 2022 en procedimiento concursal número 747/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 271, de 11 de noviembre de 2022
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ILLES BALEARS
Referencia:
BOE-J-2022-483705

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Palma

Dirección: Calle BALLESTER 20

Localidad: Palma

Código Postal: 07002

Provincia: Illes Balears

Teléfono: 971219412

Correo electrónico: mercantil1.palmademallorca@justicia

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 747/2022

NIG: 0704047120220001884

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 18/10/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1º.-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº 747/2022 se ha dictado en fecha 28 de octubre de 2022 auto de declaración de concurso voluntario abreviado consecutivo y apertura de la fase de liquidación de la deudora Nadia Sanchez Callejas con d.n.i.4x7x7X28Y

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3 Que Maria Llado Pol designada como administrador concursal ha aceptado el cargo en fecha 28 de octubre de 2022.

4.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 255 a 258 TRLC de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal Santa Catalina de Siena numero 2 entresuelo D 07002 Palma o dirección de correo electrónico maría.llado.pol@gmail.com en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguno.

5- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artº 512.1 y 2 TRLC).

publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el

1º.-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº 747/2022 se ha dictado en fecha 28 de octubre de 2022 auto de declaración de concurso voluntario abreviado consecutivo y apertura de la fase de liquidación de la deudora Nadia Sanchez Callejas con d.n.i.4x7x7X28Y

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3 Que Maria Llado Pol designada como administrador concursal ha aceptado el cargo en fecha 28 de octubre de 2022.

4.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 255 a 258 TRLC de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal Santa Catalina de Siena numero 2 entresuelo D 07002 Palma o dirección de correo electrónico maría.llado.pol@gmail.com en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguno.

5- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artº 512.1 y 2 TRLC).

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Palma, 7 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ARANZAZU GALARRAGA ZAMORA

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