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Documento BOE-J-2022-482470

ALICANTE/ALACANT. Edicto de 4 de noviembre de 2022 en procedimiento civil número 193/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 270, de 10 de noviembre de 2022
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - ALICANTE/ALACANT
Referencia:
BOE-J-2022-482470

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Alicante

Dirección: Avenida AGUILERA 53

Localidad: Alicante/Alacant

Código Postal: 03007

Provincia: Alicante/Alacant

Teléfono: 966902634

Correo electrónico: hergueta_cri@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 193/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 31/10/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

DAGMARA DOLORES ZELISZCZAK - NIF/NIE: ****1436*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

Letrado/a de la Administración de Justicia Sr./a.: ISAAC CARLOS BERNABÉU PÉREZ.En ALICANTE, a treinta y uno de octubre de dos mil veintidós.

Por emplazada la parte demandada por edictos publicados en fecha 7/10/22, unase a los autos de su razón y habiendo transcurrido el plazo concedido a la parte demandada, DOLORES DAGMARA, sin que haya comparecido en el presente procedimiento, ni en forma ni plazo, en virtud de lo establecido en el artículo 496.1 de la L.E.C., acuerdo:

1.- Declarar en rebeldía a la parte demandada, DOLORES DAGMARA.2.- Notificar la declaración de rebeldía a dicho demandado por edictos que se insertarán en ele TEJU.3.- Advertir al demandado que una vez notificada la presente resolución, no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la que ponga fin al proceso.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 438.4 de la L.E.C dése traslado al demandante por TRES DIAS, a fin de que se pronuncie sobre la pertinencia de la vista. Haciéndole saber que si ninguna de las partes la solicitase y el tribunal no considerase procedente su celebración, dictará sentencia sin más trámites.

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de reposición en el plazo de cinco días, desde su notificación, ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que la dicta.Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Alicante/Alacant, 4 de noviembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ISAAC BERNABEU PEREZ

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