Edicto.
Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º uno de Girona,
Hago saber: Que en el concurso voluntario n.º 299/10, se ha acordado mediante auto de esta fecha la admisión a trámite del concurso de la entidad mercantil "Distribuciones de Construcción en Seco Catalunya, S.L." (DICONSEC, S.L.), con domicilio en calle Josep M.ª Gironella i Pou, n.º 1-3, despacho n.º 19 de Girona, CIF número: B-55005433, siendo designado como Administrador concursal al letrado don Gerard Costal.
Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título.
El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.
El auto de declaración del concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento.
En cumplimiento del Real decreto 3/2009, de 27 de marzo, en relación con la disposición transitoria segunda, la publicidad en el "Boletín Oficial del Estado" será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al artículo 23.1 de la Ley Concursal.
Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente.
Girona, 21 de junio de 2010.- El Secretario Judicial.
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