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Documento BOE-B-2002-275054

Resolución del Ministerio de Fomento por el que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el estudio de alternativas: TO-CO-3130 "Variante N-432 de Badajoz a Granada. P.K. 223,6 al 232,6. Tramo: Espiel-Cuesta de Matanzas (Córdoba)".

Publicado en:
«BOE» núm. 275, de 16 de noviembre de 2002, páginas 9696 a 9697 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2002-275054

TEXTO

La Demarcación de Carreteras del Estado en

Andalucía Occidental ha remitido el estudio de

alternativas de "Variante Carretera N-432 de Badajoz

a Granada. P.K. 223,6 al 232,6. Tramo:

Espiel-Cuesta de Matanzas" para su supervisión reglamentaria,

previa a la aprobación del mismo.

El estudio de alternativas ha sido supervisado por

la Unidad de Supervisión de Proyectos cuyos

informes, de fechas 31 de mayo de 2001 y 4 de abril

de 2002, están preceptuados en el artículo 128 del

texto refundido de la Ley de Contratos de las

Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto

Legislativo 2/2000, de 16 de junio, y de acuerdo

con la Resolución de la Secretaría de Estado de

Infraestructuras de 7 de marzo de 2001, sobre la

Supervisión de Proyectos en el ámbito de las

competencias de la Dirección General de Carreteras.

Con fecha 23 de abril de 2002 la Dirección

General de Carreteras ha propuesto la aprobación del

expediente de información pública y definitiva del

citado estudio de alternativas haciendo constar

sucesivamente lo siguiente:

1. El estudio de alternativas de referencia está

compuesto por los documentos que integran el

estudio redactado en marzo de 2001.

2. El estudio de alternativas, conforme con lo

indicado en la orden de estudio, ha sido redactado

por la empresa AYESA mediante un contrato de

asistencia técnica que ha sido suscrito con fecha 26

de mayo de 1994 siendo el Ingeniero Autor del

estudio de alternativas (en lo sucesivo Autor) el

Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos doña

Adriana Moreno Arrarás y actuando como Director

del Contrato el Ingeniero de Caminos, Canales y

Puertos don Miguel Lovera Sánchez de Puerta

afecto a la Demarcación de Carreteras del Estado en

Andalucía Occidental.

3. El estudio de alternativas incluye los

documentos con la extensión y el contenido que su Autor

ha considerado necesarios para cumplir con lo

indicado en el artículo 124 del texto refundido de la

Ley de Contratos de las Administraciones Públicas,

aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000,

de 16 de junio, habiéndose comprobado que, en

general, se ajusta a lo exigido en dicho artículo.

4. El estudio de alternativas reúne los requisitos

que su autor ha considerado necesarios para cumplir

con lo exigido por el Reglamento General de

Contratación del Estado, aprobado por Decreto

3410/1975, de 25 de noviembre, y concretamente

con lo establecido en su artículo 58 en lo relativo

a que los proyectos deben referirse necesariamente

a obras completas.

5. El expediente de información pública ha sido

tramitado de acuerdo con la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del procedimiento

Administrativo Común y en cumplimiento de cuanto

establece el artículo 10 de la vigente Ley 25/1988, de

Carreteras y concordantes de su Reglamento, así

como el Real Decreto Legislativo 1302/1986, de

Evaluación de Impacto Ambiental, por la Ley

6/2001, de 8 de mayo, y su Reglamento. La

declaración de impacto ambiental se ha efectuado con

fecha 25 de febrero de 2002 y se ha publicado

en el "Boletín Oficial del Estado" de fecha 21 de

marzo de 2002.

6. Se ha dado cumplimiento a la Orden Circular

7/2001, del Director general de Carreteras, de 1

de octubre de 2001.

7. La longitud del tramo objeto del estudio de

alternativas es para la alternativa I seleccionada,

según su definición geométrica, de 9,33 Km.

8. El presupuesto estimado de ejecución por

contrata de la alternativa I del estudio de alternativas

es de 13.989.113,45 euros (2.327.592.630 pesetas),

que incluye 1.929.834,45 euros (321.047.259

pesetas) en concepto de IVA (16 por 100).

En su virtud con fecha 24 de abril de 2002 el

Secretario de Estado de Infraestructuras (por

delegación: Orden 30 de mayo de 1996) ha resuelto

lo siguiente:

"1. Aprobar el expediente de información

pública y definitivamente el estudio de alternativas

seleccionando como más favorable la alternativa I por

un presupuesto estimado de ejecución por contrata

de 13.989.113,45 euros (2.327.592.630 pesetas),

que incluye 1.929.834,45 euros (321.047.259

pesetas) en concepto de IVA (16 por 100), con las

siguientes prescripciones a cumplimentar durante

la redacción del proyecto de construcción:

1.1 Se cumplirá la Declaración de Impacto

Ambiental de 25 de febrero de 2002 (``Boletín

Oficial del Estado'' de 21 de marzo).

1.2 Los carriles de cambio de velocidad se

calcularán de conformidad con la Norma 3.1-IC

Trazado, definiendo sus puntos característicos mediante

progresivas o coordenadas.

1.3 Los caminos de servicio y los desvíos de

carreteras se definirán mediante su eje de trazado

en planta, su perfil longitudinal y sus secciones tipo.

1.4 El diseño y cálculo de las obras de drenaje

transversal sobre cauces públicos, tendrá la

conformidad de la Confederación Hidrográfica.

1.5 Las modificaciones de servicios se

redactarán de acuerdo con la "Circular sobre modificación

de servicios en los proyectos de obras" de marzo

de 1994.

1.6 El límite de expropiación se dispondrá a

3 m de la arista exterior de la explanación.

1.7 Se estudiarán las nieblas existentes en la

zona y se considerará la posibilidad de incrementar

el balizamiento (hitos de arista, ojos de gato, etc)

y otras medidas de señalización.

2. Ordenar que la Demarcación de Carreteras

del Estado en Andalucía Occidental dé traslado de

la presente Resolución según lo dispuesto en los

artículos 31 y 58 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común. En la comunicación de esta

resolución a los alegantes se hará constar que, según

el artículo 109 de la Ley de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, la misma pone fin a la vía

administrativa del expediente."

De acuerdo con el artículo 109.C de la Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, esta

resolución pone fin a la vía administrativa.

Lo que se comunica para su conocimiento.

Sevilla, 9 de octubre de 2002.-Pedro C.

Rodríguez Armenteros.-48.453.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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