Visto el expediente incoado en el Área de Industria
y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid,
a instancia de "Iberdrola Ingeniería y Consultoría,
Sociedad Anónima", con domicilio en Madrid,
avenida de Burgos, número 8-B, en representación de
"Iberdrola, Sociedad Anónima", solicitando la
autorización administrativa de la modificación de la
instalación arriba citada;
Resultando que la línea fue autorizada por
Resolución de la Dirección de Industria del Ministerio
de Industria de fecha 7 de marzo de 1956;
Resultando que la petición de autorización de la
modificación ha sido sometida a información
pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9
del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre
autorización de instalaciones eléctricas, normativa
que resulta de aplicación en virtud de lo establecido
en la disposición transitoria undécima del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que
se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica,
no habiéndose presentado alegaciones ni oposición
al proyecto;
Resultando que se ha solicitado informe y
condicionados al Ayuntamiento de Madrid, en cuyo
término municipal se pretende efectuar la
modi
ficación, y a la Dirección General de Carreteras
de la Comunidad de Madrid, como organismo
afectado, informándose favorablemente la modificación
y siendo aceptados por "Iberdrola, Sociedad
Anónima", los condicionados impuestos;
Considerando que se han cumplido los trámites
reglamentarios establecidos en el capítulo III del
Decreto 2617/1966, de 20 de octubre;
Esta Dirección General de Política Energética y
Minas ha resuelto autorizar a "Iberdrola, Sociedad
Anónima", la modificación de la línea eléctrica
a 45 kV, simple circuito, "Villaverde-Portusa", entre
los apoyos números 1 y 7, cuyas características
principales son:
Término municipal afectado: Madrid.
Origen: Apoyo número 1 existente.
Final: Apoyo número 7 existente.
Longitud de la modificación: 996,51 metros.
Apoyos: Metálicos, formados por perfiles
angulares de lados iguales, de acero galvanizado, en forma
de celosía.
Cimentaciones: Monobloque de hormigón en
masa.
Conductores: LA-145 de 147 mm2 de sección
total.
Conductores por fase: Uno.
Cables de tierra: Uno, Ac 50 de 48,5 mm2 de
sección.
Aislamiento: Cadenas de aisladores de vidrio tipo
U 70 BS.
Tomas de tierra: En todos los apoyos, mediante
un sistema de picas y anillo, de forma que la
resistencia de difusión no exceda los valores fijados en
el artículo 26 del Reglamento de Líneas Eléctricas
Aéreas de Alta Tensión.
La finalidad de la modificación es la afección
del tramo II de la M-45 y futuras vías de servicio.
Contra la presente Resolución cabe interponer
recurso de alzada ante el excelentísimo señor
Secretario de Estado de Economía, de la Energía y de
la Pequeña y Mediana Empresa en el plazo de un
mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley
4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de
la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización
y Funcionamiento de la Administración General del
Estado.
Madrid, 7 de marzo de 2001.-La Directora
general, Carmen Becerril Martínez.-16.450.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid