Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, según comunica el
Servicio de Correos, por el presente se notifica a
"Proyecciones Urbanísticas Río Isuela, Sociedad
Limitada", que por el Tribunal Económico
Administrativo Central y en el expediente de R.G.:
4784-97 seguido a su instancia por el Impuesto de
Sociedades se ha dictado Resolución en la sesión
del día 6 de noviembre de 2000, cuya parte
dispositiva dice lo siguiente:
"El Tribunal Económico Administrativo Central,
en Sala, en la presente reclamación interpuesta por
la entidad "Proyecciones Urbanísticas Río Isuela,
Sociedad Limitada" contra la resolución del
Tribunal Económico-Administrativo Regional de
Aragón número 50/2217/96, de fecha 29 de mayo de
1997, relativa a la inadmisión a trámite de la
reclamación en primera instancia contra notificación de
segunda inspección de 16 de septiembre de 1996
relativo al Impuesto sobre Sociedades: Acuerda,
declarar su inadmisibilidad."
Lo que notifico reglamentariamente a usted
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de esta notificación.
Madrid, 22 de enero de 2001.-El Vocal de la
Sección, Francisco Eiroa Villarnovo.-5.631.
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