La Ley 7 de abril de 1952 aprueba el Plan de
Obras de Colonización, Industrialización y
Electrificación de la provincia de Badajoz, declarándose
la urgencia por acuerdo del Consejo de Ministros,
en su reunión de 4 de noviembre de 1994.
En cumplimiento de lo preceptuado en los
artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de
16 de diciembre de 1954 y el 56 y siguientes de
su Reglamento, se convoca a los propietarios
afectados para el levantamiento de las correspondientes
actas previas de ocupación, que tendrá lugar el día
21 de mayo, a las diez horas, en el Ayuntamiento
de Almoharín (Cáceres). No obstante lo anterior,
si algún afectado así lo solicita, el citado
levantamiento se producirá en los propios terrenos a
expropiar.
A dicho acto podrán asistir los afectados
personalmente, o bien representados por una persona
debidamente autorizada, para actuar en su nombre.
Aportarán la documentación acreditativa de la
titularidad de los bienes objeto de expropiación
(certificado del Registro de la Propiedad, escritura
pública o fotocopias compulsadas de esos documentos,
así como los recibos del IBI de los dos últimos
años, o fotocopias compulsadas de los mismos).
Los afectados pueden hacerse acompañar, a su
costa, de Perito y Notario, si lo estiman oportuno.
Según el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley
de Expropiación Forzosa de 26 de abril de 1957,
las personas que se consideren afectadas podrán
formular por escrito, ante esta Confederación, hasta
el momento del levantamiento de las actas previas
a la ocupación, alegaciones a los solos efectos de
subsanar posibles errores que se hayan podido
producir al relacionar los bienes afectados.
La relación de propietarios afectados se encuentra
expuesta en el tablón de edictos del Ayuntamiento
citado.
Badajoz, 18 de abril de 2001.-El Secretario
general, Diego de la Cruz Otero.-20.185.
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