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Documento BOE-A-2026-21761

Resolución de 24 de septiembre de 2026, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 11 de septiembre de 2026, de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Controversias de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con la Ley 4/2025, de 15 de diciembre, de espacios productivos para el fomento de la industria en Andalucía.

Publicado en:
«BOE» núm. 259, de 19 de octubre de 2026, páginas 139653 a 139654 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2026-21761

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acuerdo que se transcribe como anexo a la presente resolución.

Madrid, 24 de septiembre de 2026.–El Secretario General de Coordinación Territorial, Agustín Torres Herrero.

ANEXO
Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Controversias de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía en relación con la Ley 4/2025, de 15 de diciembre, de espacios productivos para el fomento de la industria en Andalucía

La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía ha adoptado el siguiente acuerdo:

I. De conformidad con las negociaciones celebradas por el Grupo de Trabajo constituido en cumplimiento del Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias competenciales manifestadas en relación con el apartado cinco del artículo 12 de la Ley 4/2025, de 15 de diciembre, de espacios productivos para el fomento de la industria en Andalucía, ambas partes las consideran solventadas, con arreglo a los siguientes compromisos y consideraciones:

En relación con las controversias suscitadas en torno al apartado cinco del artículo 12, ambas partes convienen que dicho apartado debe interpretarse y aplicarse de conformidad con la normativa básica estatal en materia de régimen jurídico del sector público, así como con la normativa básica estatal en materia de contratación y, en particular, con el artículo 6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

II. En razón al acuerdo alcanzado, ambas partes coinciden en considerar resueltas las discrepancias manifestadas y concluida la controversia planteada.

III. Comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

El Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres Pérez.–El Vicepresidente primero de la Junta de Andalucía y Consejero de Presidencia, Sanidad y Emergencias, Antonio Sanz Cabello.

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