La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 21 de mayo de 2026, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de las medidas adoptadas por las Comunidades Autónomas de La Rioja y la Región de Murcia para el ahorro y la eficiencia energética en sus edificios públicos (enero 2022-marzo 2024), acuerda:
1. Instar al Gobierno a:
– Exigir la aprobación formal y publicación en boletines oficiales de planes de ahorro energético autonómicos, con diagnósticos, indicadores y plazos, en 3 meses.
– Obligar a las comunidades autónomas a designar gestores/responsables energéticos en todas las consejerías y edificios de más de 500 m2, con funciones de seguimiento y auditoría, en 2 meses.
– Completar inventarios integrales de edificios públicos (dirección, m2, catastro, consumos), actualizados anualmente, para La Rioja (391 edificios) y Murcia (512), en 4 meses.
– Verificar la renovación anual del 3% de la superficie de edificios de más de 250 m2 con calefacción/refrigeración (Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, por la que se modifican las Directivas 2009/125/CE y 2010/30/UE, y por la que se derogan las Directivas 2004/8/CE y 2006/32/CE), publicando datos del Certificado de Eficiencia Energética en bases nacionales, en 6 meses.
– Centralizar la contratación para medidas Plan +SE (LED, fotovoltaicas, termostatos), priorizando Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)/Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) remanentes, auditando 100% pliegos con cláusulas eficiencia, en 3 meses.
– Realizar auditorías energéticas sistemáticas en edificios de más de 500 m2 (Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios), remitiendo extractos al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en 3 meses, priorizando sanitarios/educativos.
2. Instar al Gobierno de la Región de Murcia a:
– Adoptar en el menor plazo posible las medidas oportunas necesarias para la aprobación de un plan de ahorro y eficiencia energética en los edificios públicos de la Comunidad Autónoma Región de Murcia.
– Desarrollar un sistema centralizado de gestión de inventario de edificios públicos, de uso común y obligatorio por todos los órganos, unidades y servicios de la comunidad autónoma, que garantice la unicidad y actualización de la información. Ello contribuiría a la mejora de la transparencia, trazabilidad y fiabilidad de la información relativa a los edificios públicos, facilitando la coherencia con el Portal de Datos Abiertos de la comunidad autónoma, así como el ejercicio del control interno y externo.
– Intentar aprovechar la financiación europea, antes de acudir a la financiación propia, siempre que el objeto de los contratos se incluya entre las actuaciones financiables por algún Fondo.
– Emitir Certificados de Eficiencia Energética y exhibir la correspondiente Etiqueta de Eficiencia Energética en todos los edificios públicos de la comunidad.
– Revisar los sistemas de control interno en el Registro de Certificados de Eficiencia Energética, de tal manera que se impida la inscripción en el registro de un Certificado de Eficiencia Energética en el que no se cumplimenten todos los apartados, o se incluyan datos erróneos.
– Desvincular el plan de la existencia del acuerdo con el Banco Europeo de Inversiones, extendiendo su ámbito temporal más allá del plazo de vigencia del citado acuerdo y que las acciones derivadas del mismo no se circunscriban solo a aquellas cuyo proyecto haya sido financiado por el Banco Europeo de Inversiones sino a cualquier actuación relacionada con la eficiencia energética de los edificios públicos de la comunidad.
– Centralizar el control del consumo energético de todos los edificios públicos de la comunidad, llevándose a cabo tal control con una periodicidad al menos mensual, distinguiendo las causas del consumo y los orígenes de la energía consumida, así como la definición de indicadores que permitan la identificación de patrones de consumo y de desviaciones respecto a series históricas o estándares de eficiencia de consumo energético.
– Desarrollar un sistema centralizado de gestión de inventario de edificios públicos, de uso común y obligatorio por todos los órganos, unidades y servicios de la comunidad autónoma, que garantice la unicidad y actualización de la información. Ello contribuiría a la mejora de la transparencia, trazabilidad y fiabilidad de la información relativa a los edificios públicos, facilitando la coherencia con el Portal de Datos Abiertos de la comunidad autónoma, así como el ejercicio del control interno y externo.
– Utilizar, en la medida de lo posible, acuerdos marco para la contratación relacionada con la eficiencia energética.
– Emitir Certificados de Eficiencia Energética y exhibir la correspondiente Etiqueta de Eficiencia Energética en todos los edificios públicos de la comunidad. Asimismo, revisar los sistemas de control interno en el Registro de Certificados de Eficiencia Energética, de tal manera que se impida la inscripción en el registro de un Certificado de Eficiencia Energética en el que no se cumplimenten todos los apartados, o se incluyan datos erróneos.
Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de mayo de 2026.–El Vicepresidente Primero, Álvaro Pérez López.–El Secretario Primero de la Comisión, Salvador de Foronda Vaquero.
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