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Documento BOE-A-2026-11306

Resolución de 14 de mayo de 2026, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación del Convenio con el Ayuntamiento de Santander y la Empresa Municipal de Turismo de Santander, M.P., SA, de colaboración en la difusión académica y cultural en las instalaciones del Palacio de La Magdalena.

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 25 de mayo de 2026, páginas 71278 a 71282 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Referencia:
BOE-A-2026-11306

TEXTO ORIGINAL

La Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., el Excmo. Ayuntamiento de Santander y la Empresa Municipal de Turismo de Santander, M.P., SA, han suscrito con fecha 14 de mayo de 2026 una adenda de prórroga y modificación del convenio firmado el 17 de mayo de 2022 para la difusión académica y cultural en las instalaciones del Palacio de La Magdalena, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 14 de mayo de 2026.–El Rector de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., P. D. (Resolución de 24 de abril de 2019), el Gerente, Luis Carreras Guillén.

ANEXO
Adenda de prórroga y modificación del convenio firmado el 17 de mayo de 2022 entre el Excmo. Ayuntamiento de Santander, la Empresa Municipal de Turismo de Santander M.P., SA, y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., de colaboración en la difusión académica y cultural en las instalaciones del Palacio de La Magdalena

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. doña Gema Igual Ortiz, en nombre y representación del Excmo. Ayuntamiento de Santander (entidad con NIF P-3907500-G, y domicilio social en plaza del Ayuntamiento, s/n, 39002 Santander), en su calidad de Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento, cargo que ostenta desde su nombramiento y toma de posesión el 17 de junio de 2023, y haciendo uso de las atribuciones que tiene conferidas por el artículo 9 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración del municipio de Santander, aprobado el 30 de septiembre de 2004.

De otra parte, don Francisco José Arias Rivero, en nombre y representación de la Empresa Municipal de Turismo de Santander M.P., SA, anteriormente denominada Empresa Municipal Palacio de la Magdalena, SA, de Santander (entidad con NIF A-39417084, y domicilio social en el Palacio de la Magdalena, avda. de la Magdalena, s/n, 39005 Santander), en su calidad de Presidente del Consejo de Administración de la misma, y haciendo uso de los poderes que le fueron conferidos por acuerdo del Consejo de Administración en sesión celebrada el 18 de septiembre de 2023, habiéndose elevado a público en escritura otorgada el día 19 de septiembre de 2023 ante el Notario de Cantabria don Emilio González-Madroño Gutiérrez, bajo el número 2.500 de su protocolo, y que asevera vigentes.

Y, de otra, don Ángel Pelayo González-Torre, en nombre y representación de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. (entidad con NIF Q-2818022-B, y domicilio social en la calle Isaac Peral, 23, 28040 Madrid), en su calidad de Rector Magnífico, que actúa facultado por su nombramiento realizado por Real Decreto 35/2026, de 13 de enero, y haciendo uso de las atribuciones que tiene conferidas en el artículo 12 del Estatuto de la Universidad, aprobado por Real Decreto 331/2002, de 5 de abril.

Reconociéndose mutuamente las partes la capacidad legal suficiente para suscribir el presente documento,

EXPONEN

I. Que tras la tramitación exigida en el ordenamiento jurídico, el Excmo. Ayuntamiento de Santander, la Empresa Municipal de Turismo de Santander M.P., SA, y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. (en adelante, UIMP) firmaron el 17 de mayo de 2022 un convenio para colaborar en la difusión académica y cultural en las instalaciones del Palacio de La Magdalena. Dicho convenio fue inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal el 19 de mayo y publicado en el BOE el 30 de mayo de ese mismo año.

El citado convenio fue objeto de una modificación formalizada mediante adenda suscrita e 14 de diciembre de 2022, inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal el 15 de diciembre de 2022 y publicada en el BOE el 30 de diciembre de 2022, por la cual se ajustaron los importes máximos correspondientes al gasto por suministro de energía eléctrica asumido por la UIMP.

II. Que la cláusula novena del convenio citado recoge un plazo de vigencia del mismo de cuatro años desde el momento en que sea eficaz, por lo que finalizaría el 18 de mayo de 2026, salvo que con anterioridad a esa fecha las partes acuerden la prórroga del mismo por otros cuatro años, mediante acuerdo expreso y unánime de las partes, tal y como se prevé en la cláusula mencionada del convenio y en la legislación vigente.

III. Que el Excmo. Ayuntamiento de Santander, la Empresa Municipal de Turismo de Santander M.P., SA, y la UIMP están satisfechos en la forma en que se ha desarrollado la colaboración a través del convenio, por lo que coinciden en su interés en prorrogar la vigencia del mismo por un periodo adicional de cuatro años.

IV. Que las partes están de acuerdo en mantener las condiciones de la colaboración establecidas en el convenio, pero consideran necesario actualizar los importes del compromiso de gasto que asume la UIMP para los cuatro años que abarca la prórroga, tanto en lo que se refiere a consumos, como en lo que se refiere a la realización de cursos propuestos por el Excmo. Ayuntamiento de Santander.

En consecuencia, y de conformidad con las cláusulas novena y undécima del convenio y lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las partes unánimemente

ACUERDAN

Primero. Prórroga del convenio.

Las partes acuerdan prorrogar, por un periodo adicional de cuatro años, el convenio que las mismas firmaron el 17 de mayo de 2022 para colaborar en la difusión académica y cultural en las instalaciones del Palacio de La Magdalena.

Segundo. Modificación del convenio.

I. Cláusula tercera, apartado I.

Se modifica el apartado I de la cláusula tercera, que queda redactado como sigue:

«I. El Excmo. Ayuntamiento participará de forma activa en la propuesta y desarrollo de actividades académicas y culturales dentro de la programación de la UIMP en Santander. Ello se concretará en la realización conjunta de tres cursos cada año, de interés para ambas instituciones, y siempre dentro de las normas sobre estructura y organización de cursos vigentes en la UIMP.

La cuantía máxima, para cada anualidad, del compromiso económico de la UIMP para los gastos de realización de los cursos señalados en el párrafo anterior, para las anualidades 2022, 2023, 2024 y 2025, y para los que tramitará y aprobará, dentro de su normativa sobre estructura de cursos y sobre gastos asumibles, los correspondientes expedientes de gasto, según los procedimientos legalmente establecidos, es la siguiente:

Denominación gasto Aplicación presupuestaria Cuantía máxima de gasto por anualidad

2022

Euros

2023

Euros

2024

Euros

2025

Euros

Realización de cursos. 33.101.322C.226.06 60.000,00 61.200,00 62.424,00 63.672,48

La cuantía máxima, para cada anualidad, del compromiso económico de la UIMP para los gastos de realización de los cursos, para las anualidades 2026, 2027, 2028 y 2029, que corresponde a los honorarios y viajes del profesorado, irá con cargo a los conceptos de su presupuesto de gastos que se indican a continuación, en los cuales existe crédito adecuado y suficiente, para lo cual se autoriza el correspondiente gasto:

Denominación gasto Aplicación presupuestaria Gasto máximo por anualidad

2026

Euros

2027

Euros

2028

Euros

2029

Euros

Honorarios profesorado. 28.101.322C.226.06 22.050,00 22.491,00 22.941,00 23.400,00
Viajes profesorado. 28.101.322C.231 25.104,00 25.606,00 26.118,00 26.640,00
  47.154,00 48.097,00 49.059,00 50.040,00»

II. Cláusula cuarta, apartado XIV.

Se modifica el apartado XIV de la cláusula cuarta, que queda redactado como sigue:

«XIV. Durante el periodo de uso de las instalaciones por la UIMP, los gastos de la empresa de mantenimiento y limpieza –excluidos los correspondientes a bodas, visitas y eventos organizados por el Excmo. Ayuntamiento de Santander o por la Empresa Municipal de Turismo de Santander, M.P., SA,– serán asumidos por la UIMP. Adicionalmente, será la propia Universidad la que se haga cargo de:

1. Los gastos del seguro de responsabilidad civil.

2. Suministros (electricidad, agua, gas).

3. Resto de gastos que ocasione el mal uso de las instalaciones.

La cuantía máxima para cada anualidad de los compromisos económicos de la UIMP de los gastos de mantenimiento, limpieza y suministros que se han detallado en el párrafo anterior, en las anualidades de 2022, 2023, 2024 y 2025, y que abonará a la Empresa Municipal de Turismo de Santander, M.P., SA, es la siguiente:

Denominación gasto Aplicación presupuestaria Cuantía máxima de gasto por anualidad

2022

Euros

2023

Euros

2024

Euros

2025

Euros

Mantenimiento. 33.101.322C.212 125.625,12 130.273,25 132.618,17 134.607,44
Limpieza. 33.101.322C.227.00 27.748,81 28.775,52 29.293,48 29.732,88
Suministro agua. 33.101.322C.221.01 6.054,40 6.278,41 6.391,42 6.487,30
Suministro gas. 33.101.322C.221.02 9.151,99 9.490,61 9.661,44 9.806,37
Suministro energía eléctrica. 33.101.322C.221.00 76.320,75 79.144,62 80.569,22 81.777,76
  244.901,07 253.962,41 258.533,73 262.411,75

La cuantía máxima para cada anualidad de los compromisos económicos de la UIMP de los gastos de mantenimiento, limpieza y suministros, en las anualidades de 2026, 2027, 2028 y 2029, y que abonará a la Empresa Municipal de Turismo de Santander, M.P., SA, es la siguiente:

Denominación gasto Aplicación presupuestaria Cuantía máxima de gasto por anualidad

2026

Euros

2027

Euros

2028

Euros

2029

Euros

Mantenimiento. 28.101.322C.212 99.560,97 99.560,97 99.560,97 99.560,97
Limpieza. 28.101.322C.227.00 26.465,58 26.465,58 26.465,58 26.465,58
Suministro agua. 28.101.322C.221.01 1.919,10 1.976,67 2.035,97 2.097,05
Suministro gas. 28.101.322C.221.02 8.847,59 9.113,02 9.386,41 9.668,00
Suministro energía eléctrica. 28.101.322C.221.00 38.291,60 39.440,35 40.623,56 41.842,26
  175.084,84 176.556,59 178.072,49 179.633,86

Por lo que respecta al seguro de responsabilidad civil, al no tratarse de una póliza específicamente suscrita con motivo de este convenio, sino que el riesgo queda cubierto por la póliza que la UIMP contrata con carácter general para todas sus actividades y sedes, no se trata de un gasto que nazca del presente convenio, sino de un coste general repercutido que va con cargo al presupuesto ordinario de la UIMP y, por tanto, no es necesario aprobar un gasto adicional con el presente convenio.»

Tercero. Validez de los demás acuerdos del convenio.

La presente adenda se firma para su incorporación al convenio suscrito el 17 de mayo de 2022 entre las partes, como parte inseparable del mismo. El contenido del citado convenio permanecerá vigente en todo lo no modificado expresamente mediante esta adenda.

Cuarto. Vigencia.

Una vez firmada, la presente adenda surtirá efectos a partir de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal siempre que la misma se produzca con anterioridad al 19 de mayo de 2026. La adenda deberá ser publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Tendrá una vigencia de cuatro años.

Y en prueba de conformidad, firman el presente documento a 14 de mayo de 2026.–Por el Excmo. Ayuntamiento de Santander, Gema Igual Ortiz.–Por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., Ángel Pelayo González Torre.–Por la Empresa Municipal de Turismo de Santander, M.P., SA, Francisco José Arias Rivero.

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